Judiciales

Kattya González no volverá al Senado por mal fundamento de su demanda

La exlegisladora Kattya González fundó su acción de inconstitucionalidad en el incumplimiento de la resolución 429/2023 del Senado que exige el voto de 30 miembros para la aprobación de la pérdida de investidura. Sin embargo, la Corte Suprema entendió que dicha resolución no estaba vigente el día en que ella fue destituida.

| Por La Tribuna
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Corte Suprema de Justicia.El pleno de la Corte Suprema de Justicia.

Kattya González
Kattya González

Hubo grave error en la acción de inconstitucionalidad promovida por la exsenadora Kattya González, según el fallo de la Corte Suprema de Justicia. Seis ministros votaron por el rechazo y tres votaron por la admisión de la demanda.

Kattya basó su demanda en que el Senado la destituyó con 23 votos y, sin embargo, tenía que haber aplicado la resolución 429 del 20 de diciembre del 2023 que exige 30 votos para la aprobación de su pérdida de investidura. Con estos fundamentos presentó su acción de inconstitucionalidad, a lo cual se agregó que se violó su derecho a la defensa.

Cabe acotar que el 20 de diciembre es el último día de sesión ordinaria del Congreso Nacional y la fecha es tomada como base por la Corte para analizar si la resolución invocada por la exlegisladora estaba vigente.

Mientras Kattya sostiene que el Senado violó su resolución 429/2023 y con este fundamento promovió la acción de inconstitucionalidad, dos ministros de la Corte sostienen que al momento de la destitución de González del Senado esa resolución no estaba vigente.

En este sentido votaron el presidente de la Corte, Alberto Martínez Simón, y el ministro Luis María Benítez Riera. Asimismo, Carolina Llanes se adhirió al voto de ambos. Otros ministros como César Diesel y Carolina Llanes fundamentaron que el Congreso aplicó la supremacía constitucional para la declaración de pérdida de investidura de Kattya Gonzalez y que la Carta Magna solo exige la mayoría simple.

Los cuatros ministros citados votaron en contra de la acción de inconstitucionalidad promovida por la exlegisladora, más los camaristas que integraron la Corte Esteban Kriskovich y Miguel Rodas Ruíz Dïaz, con los cuales se completó una mayoría de 6 votos.

Kriskovich dijo que Kattya González no agotó las instancias administrativas antes de recurrir a la judicial mientras que Rodas también fundamentó que el Senado aplicó la supremacía constitucional, coincidiendo con el fundamento de que la Carta Magna sólo exige mayoría simple para destituir a uno de sus miembros.

Según el voto de los ministros Benítez Riera y Martínez Simón, el artículo 11 de la resolución 429/2023 dispone que la entrada en vigencia del citado documento se dará al día siguiente de su aprobación.

En otras palabras, el receso de las sesiones parlamentarias fue a partir del 21 de diciembre del 2023. Luego, hubo una sesión extraordinaria del Senado el 14 de febrero de 2024. Recién el 15 de febrero de 2024 entró en vigencia la resolución 429 que Kattya González invoca como fundamento de la acción de inconstitucionalidad contra su destitución que se produjo el 14 de febrero de 2024.

Diesel también agrega que la Constitución no prevé la mayoría calificada de 30 miembros para la destitución. Por lo tanto, fue correcta la decisión del Senado, según su voto. El fallo de la Corte Suprema de Justicia tiene 94 páginas con la fecha de ayer. Fue divulgado en horas de la tarde.

Votaron por la admisión de la demanda de la exparlamentaria, los ministros Gustavo Santander, Manuel Ramírez Candia y Víctor Ríos.

Síntesis de los votos de los ministros

Alberto Martínez Simón

Luis María Benítez Riera

La resolución 429/2023 que invoca a la accionante Kattya González no estaba vigente cuando ella fue destituida. Por lo tanto, cuando el Senado aplicó la mayoría simple de votos para su destitución, actuó correctamente.

Esa resolución recién estuvo vigente desde 15 de febrero de 2024, porque las actas en el Congreso Nacional entran en vigencia al día siguiente de su aprobación. Si la resolución se aprobó el 20 de diciembre del 2023, se aprueba en la siguiente sesión, que fue justamente el día en que Kattya fue destituida (el 14 de febrero de 2024). Al día siguiente el acta entró en vigencia, o sea el 15 de febrero de 2024.

Carolina LLanes se adhiere al voto de los dos ministros, aparte expone otros fundamentos en coincidencia con Miguel Rodas Ruíz Díaz y César Diesel.

Carolina Llanes

Miguel Rodas Ruíz Díaz

César Diesel

La Constitución Nacional solamente exige la mayoría simple de votos para la destitución de un senador, no los 30 votos como dice Kattya González. Rodas dijo que el Senado aplicó la supremacía constitucional, así como dicen Diesel y Llanes en otros términos.

Esteban Kriskovich

Su voto, si bien es a favor del rechazo de la demanda, se fundamenta en que Kattya González debió agotar las instancias administrativas antes de recurrir a la Corte Suprema de Justicia. No pidió reconsideración, como le garantiza el reglamento del cuerpo legislativo, indicó.

Víctos Ríos

Manuel de Jesús Ramírez Candia

En la destitución de Kattya González debió aplicarse la resolución 429/23 del Senado que establece 30 votos para la destitución de sus miembros. Ambos votaron por la admisión de la demanda. Ramírez Candia agregó que se violó el derecho a la defensa.

Gustavo Santander

También votó por la admisión de la demanda, pero con otro fundamento: dice que el Senado no tiene competencia directa para destituir a su miembro por tráfico de influencias, como lo hizo. Primero tenía que haber un juicio penal al respecto.

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