Gianina García Troche tenía consigo cepillos eléctricos para peluquería, ropero, cafetera, calentador de agua, diversos utensilios, mixtera, masajeador eléctrico, depiladora eléctrica, vapes, estufa, parlante con entrada USB, entre otras cosas.
En un habeas corpus presentado por el abogado Hugo Ramón Núñez Ortiz en representación de Gianina García Troche, esposa del narco prófugo Sebastián Marset, a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por Luis María Benítez Riera, Manuel Dejesús Ramírez Candia y Carolina Llanes, se constató que la mujer tenía a disposición objetos y enseres que el Juzgado Penal de Garantías a cargo de Rosarito Montanía no había autorizado. La acción fue rechazada ya que el defensor presentó un habeas corpus reparador y debía de ser genérico, según explicó la mencionada sala.
El abogado de la esposa de Marset, en su habeas corpus genérico manifiesta el cambio de su reclusión del penal militar de Viñas Cué, ya que su defendida se encuentra recluida en una unidad militar cuya infraestructura actual resulta incompatible con la dignidad humana. La celda que ocupa posee techo de zinc (chapa), material que bajo el clima extremo de nuestro país actúa como conductor térmico, elevando la temperatura ambiente a niveles que superan los límites de resistencia física, tornando el habitáculo en un espacio de tortura ambiental, por lo que pide la instalación de un aire acondicionado en su celda.
En cuanto a esta situación, la jueza penal de Garantías Especializada en Narcotráfico y Crimen Organizado, Rosarito Montanía explica que “en cuanto al reclamo puntual de la defensa, acerca de la instalación de un aire acondicionado en su celda, cabe mencionar en primer lugar, que en ese tiempo, el calor no era intenso, pues estábamos en pleno invierno, por lo que no era imprescindible el aire acondicionado, habiendo esta magistratura manifestado a la defensa, que en su oportunidad, y ante una situación de necesidad, sería nuevamente evaluado dicho pedido; sin embargo, y sobrepasando la autoridad jurisdiccional, la defensa logró introducir al penal militar de Viñas Cué no solo un aire acondicionado, sino otros enseres que no fueron autorizados por esta magistratura, tales como un set de cepillos eléctricos para peluquería, ropero, cafetera, calentador de agua, diversos utensilios, mixtera, masajeador eléctrico, depiladora eléctrica, vapes, estufa, parlante con entrada USB, entre otros, conforme se desprende de las constancias obrantes en autos.
En la tramitación de un habeas corpus que fue rechazado, la jueza Rosarito Montanía informó sobre la irregularidad a la Corte Suprema de Justicia.
El 20 de febrero pasado, Gianina García Troche fue trasladada al pabellón de mujeres del Centro Penitenciario de Reinserción Social Martín Mendoza. Estuvo en el penal militar desde mayo del 2025, cuando fue extraditada al país desde Madrid, España, donde fue detenida.
Gianina García Troche está procesada por presunto lavado de dinero proveniente del narcotráfico.
Según la hipótesis del Ministerio Público, en su carácter de pareja de Sebastián Marset, habría participado activamente en la estructura criminal utilizando capital ilícito para realizar inversiones.
El objetivo de dichas maniobras habría sido la conversión de fondos ilegales en activos con apariencia de legitimidad, consolidando así el esquema financiero de la organización liderada por Marset.


