Acusación fiscal contra Zaldívar obliga al BCP a ejercer su poder de supervisión

La acusación formal del Ministerio Público contra Miguel Ángel “Miki” Zaldívar, presidente del banco Atlas, por presunto lavado de dinero y el pedido de elevación de la causa a juicio oral colocan al Banco Central del Paraguay (BCP) ante una situación que excede el ámbito exclusivamente penal. El expediente también plantea una cuestión administrativa y regulatoria que alcanza directamente a la autoridad encargada de supervisar la integridad, la gestión y el gobierno de las entidades financieras.

| Por La Tribuna
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caso AtlasEl presidente de banco Atlas, Miguel Ángel “Miki” Zaldívar, y su esposa Natalia Zuccolillo, directora de ABC Color.

La Fiscalía presentó en mayo la acusación contra Miguel Ángel “Miki” Zaldívar y otros directivos del banco Atlas, atribuyéndoles participación en operaciones vinculadas con fondos de origen presuntamente ilícito relacionados con el caso Conmebol-Nicolás Leoz. Los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera y Verónica Valdez solicitaron que el proceso sea elevado a juicio oral y público.

La acusación sostiene que determinados fondos del exdirigente Nicolás Leoz fueron canalizados mediante certificados de depósito y estructuras fiduciarias dentro del banco Atlas y que, pese a la existencia de señales de alerta, según la tesis del Ministerio Público no se activaron los controles correspondientes para impedir el ingreso y circulación de esos recursos.

La gravedad institucional del caso radica en que Zaldívar no es un ejecutivo cualquiera del sector privado. Es el presidente de una entidad bancaria sometida a la supervisión permanente del Banco Central del Paraguay y de la Superintendencia de Bancos. La acusación fiscal obliga, por tanto, a plantear una cuestión concreta, qué hizo y qué hará el organismo supervisor frente a una causa por lavado de dinero que alcanza directamente a la máxima autoridad de un banco.

La Ley N° 861/96, General de Bancos, establece requisitos específicos para quienes ejercen la presidencia, integran el Directorio o administran una entidad financiera. La normativa exige condiciones de probidad, idoneidad y experiencia y somete la dirección y administración de los bancos a las disposiciones y controles del BCP y de la Superintendencia de Bancos.

Ese marco coloca el caso directamente dentro de las competencias del organismo supervisor.

El punto que debe analizar el BCP es si una acusación fiscal por presunto lavado de dinero, sustentada además en operaciones realizadas dentro de la propia entidad financiera, afecta las condiciones exigidas a quienes conducen el banco y obliga a revisar su actuación, los controles internos y las decisiones adoptadas por el Directorio.

La cuestión adquiere todavía mayor relevancia porque la acusación no se refiere a una conducta personal de Zaldívar ajena al banco Atlas. Según el Ministerio Público, los hechos investigados se encuentran relacionados con decisiones y operaciones realizadas dentro de la propia entidad. La Fiscalía incluyó a Zaldívar como coautor del presunto lavado en su condición de integrante del Directorio y cuestiona la utilización de fideicomisos y certificados de depósito mediante los cuales se habrían incorporado al sistema financiero fondos atribuidos a actividades ilícitas de Leoz.

Por eso, la actuación del BCP no depende exclusivamente del desenlace del proceso penal.

La Justicia deberá resolver si los acusados tienen responsabilidad penal. Pero la Superintendencia de Bancos tiene una responsabilidad diferente, determinar si los hechos expuestos por la Fiscalía revelan fallas en los controles internos, la administración, el gobierno corporativo, la gestión de riesgos o los mecanismos de prevención del lavado de activos de una entidad sometida a su supervisión.

La propia Ley 861 establece responsabilidades especiales para el presidente y los integrantes del Directorio cuando aprueban operaciones infringiendo las normas financieras, omiten políticas eficaces de gestión de riesgos o gobierno corporativo, no corrigen irregularidades o desatienden disposiciones de la Superintendencia de Bancos o del BCP.

La acusación fiscal constituye, por tanto, un elemento que el organismo regulador no puede simplemente ignorar mientras espera el resultado de la causa penal.

El BCP tiene facultades para requerir información, revisar actuaciones del Directorio, evaluar extraordinariamente los mecanismos de prevención de lavado de activos, verificar el cumplimiento de las normas de gobierno corporativo y, si encuentra elementos que lo justifiquen, iniciar los procedimientos administrativos correspondientes.

La presunción de inocencia rige para determinar la responsabilidad penal de los acusados. No elimina las obligaciones de supervisión del Banco Central.

Confundir ambos planos convertiría el proceso penal en una excusa para paralizar el control administrativo precisamente cuando existen cuestionamientos sobre operaciones realizadas dentro de una institución financiera.

Mientras la causa continúa trabada por incidentes procesales y todavía no se ha realizado la audiencia preliminar que determinará si el expediente será elevado a juicio oral, Zaldívar permanece al frente de banco Atlas y los hechos atribuidos por el Ministerio Público siguen pendientes de resolución.

Además del presidente de banco Atlas, Miguel Ángel “Miki” Zaldívar –esposo de Natalia Zuccolillo, directora de ABC Color–, están acusados los integrantes del Directorio Jorge Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Concepción Martínez y José Páez Corvalán.

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