El planteamiento no pretende que la máxima instancia judicial anticipe criterio sobre la responsabilidad penal de los acusados. Tampoco busca desconocer el derecho de la defensa a recusar a los magistrados cuando considera que existen motivos para cuestionar su intervención. Lo que reclama el Ministerio Público es algo mucho más elemental, que el órgano competente resuelva la incidencia que tiene paralizado el avance del expediente.
La recusación fue presentada por la defensa de Celio Tunholi contra los magistrados Silvana Luraghi, Mario Camilo Torres y Paublino Escobar, integrantes del Tribunal de Apelación que deben intervenir en recursos pendientes dentro de la causa. El planteamiento fue remitido a la Corte Suprema para que determine si corresponde o no hacer lugar a la recusación. Desde entonces, la ausencia de una definición mantiene condicionado el desarrollo de las siguientes etapas procesales.
La situación adquiere especial relevancia porque la Fiscalía ya presentó su acusación y solicitó que el proceso avance hacia el juicio oral y público. Sin embargo, mientras no se resuelva la recusación, el Tribunal de Apelación no puede tratar los recursos pendientes y, en consecuencia, tampoco puede completarse el trámite que permita al juzgado fijar la audiencia preliminar.
Una recusación es una herramienta procesal prevista para garantizar la imparcialidad de los juzgadores, pero no puede transformarse en un mecanismo que, por falta de resolución, termine paralizando indefinidamente una causa penal, manifestaron fuentes judiciales a La Tribuna consultadas sobre el tema.
Añadieron que la obligación de la Corte no consiste en aceptar o rechazar automáticamente el planteamiento de la defensa. Su deber es analizarlo, resolverlo y determinar la integración que corresponda. La independencia judicial y las garantías del debido proceso exigen que las recusaciones sean examinadas con seriedad, pero esas mismas garantías requieren que las decisiones sean adoptadas dentro de un plazo razonable.
El urgimiento presentado por los fiscales señala justamente este aspecto. El Ministerio Público no está solicitando que se salten etapas ni que se vulneren derechos procesales. Está pidiendo que la máxima instancia judicial cumpla su función jurisdiccional y defina una cuestión que lleva meses pendiente.
La demora comienza a tener consecuencias concretas. La causa permanece detenida en una etapa intermedia, pese a que la investigación fiscal ya concluyó y existe una acusación formal contra Miguel Ángel “Miki” Zaldívar y otros integrantes del Directorio del banco Atlas. La Fiscalía sostiene que los acusados deben responder ante la Justicia por presuntas operaciones de lavado de dinero vinculadas a fondos provenientes de operaciones ilícitas atribuidas al fallecido expresidente de la Conmebol Nicolás Leoz.
Resulta indispensable que el proceso avance hacia las instancias en las que las partes puedan presentar sus argumentos, producir las pruebas correspondientes y obtener una decisión judicial sobre las acusaciones del Ministerio Público.
El problema que enfrenta actualmente la causa no es, entonces, determinar quién tiene razón en la controversia de fondo, sino evitar que una cuestión incidental se convierta en un obstáculo permanente para el proceso.
La Corte Suprema debe recordar que administrar justicia también implica resolver. Una recusación pendiente durante meses no puede quedar suspendida en una especie de limbo procesal mientras una causa penal permanece sin avanzar. La celeridad no significa sacrificar garantías, significa impedir que las garantías sean utilizadas –o terminen funcionando en los hechos– como una justificación para la inactividad judicial, indicaron las fuentes.
La situación es particularmente sensible por tratarse de una investigación que involucra a autoridades de una entidad bancaria y que tiene como antecedente operaciones financieras relacionadas con uno de los casos de mayor repercusión internacional del fútbol sudamericano. En mayo, la Fiscalía ya había presentado acusación y solicitado, entre otras medidas, el comiso de USD 718.570, monto que posteriormente fue objeto de una medida de embargo judicial.
Están acusados en esta causa por presunto lavado de dinero el presidente del banco Atlas, Miguel Ángel “Miki” Zaldívar (esposo de Natalia Zuccolillo, directora de ABC Color) y los miembros del Directorio Jorge Enrique Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Concepción Martínez y José Páez Corvalán.
Por eso, el nuevo urgimiento fiscal debe ser entendido como un llamado a que la máxima instancia judicial despeje el obstáculo procesal existente. La Corte no tiene que decidir ahora si los acusados son culpables o inocentes.
Tiene que resolver la recusación.
Después de esa decisión, cualquiera sea su sentido, el expediente podrá continuar su recorrido conforme a las reglas del proceso penal. Esa es precisamente la finalidad de la Justicia, que las controversias sean examinadas, que las partes ejerzan sus derechos y que finalmente exista una resolución.
La causa 06/2021 no puede quedar suspendida indefinidamente por una incidencia que la propia Corte tiene competencia para resolver. El derecho a la defensa debe ser respetado, pero también debe ser respetado el derecho de la sociedad a que las causas judiciales tengan una respuesta dentro de un plazo razonable.
La Corte Suprema tiene la palabra. Y, sobre todo, tiene la obligación de resolver.


