El 11 de febrero de 2016 —dice la acusación—, en la ciudad de Asunción, fueron suscritos los contratos de fideicomiso de administración de valores y fuente de pago entre el fideicomitente, Nicolás Leoz Almirón, y el fiduciario banco Atlas SA representado por el presidente Miguel Ángel “Miki” Zaldívar (esposo de Natalia Zuccolillo, directora del diario Abc Color) y los miembros del Directorio Jorge Enrique Vera Trinidad, Celio Tunholi y Eleno Concepción Martínez Duarte.
Estos contratos fueron modificados por adendas, suscritas el 7 de julio de 2016 y el 1 de marzo de 2017. El monto total de esos contratos ascendía a G. 23.014.526.050 y a USD. 2.160.791, conformados con certificados de depósitos de ahorro, constituidos en el banco Atlas SA, cuyos fondos provenían de actividades ilícitas realizadas por Nicolás Leoz Almirón, cuando se desempeñaba como presidente de la Conmebol.
En virtud de estos contratos, fue transferida la propiedad de los patrimonios autónomos al fiduciario. En efecto, Nicolás Leoz Almirón, presidente de la Conmebol desde el 1 de mayo de 1986 hasta el 30 de abril de 2013, y como tal, garante del patrimonio de esa entidad, entre el año 2000 y el mes de abril de 2013, ordenó –sin justificación alguna– transferencias de sumas de dinero desde las cuentas en dólares americanos N.° 110012807 y N.° 110077437 de la Conmebol, a las cuentas en dólares americanos N.° 110015962 y N.° 110076686 vinculadas a él, todas ellas abiertas en el Banco Do Brasil. De dichas cuentas de la Conmebol, también fueron realizadas extracciones de fondos, en efectivo e injustificadas, que luego se depositaron en las cuentas de Nicolás Leoz, en el Banco Do Brasil. Así, sobre la base de estas operaciones, se pudo establecer que Nicolás Leoz ocasionó un perjuicio al patrimonio de la Conmebol cuantificado en el monto de USD 44.953.601, puesto que no existió una contraprestación por un valor equivalente o la cancelación de alguna obligación de la Conmebol, por ese monto.
El dinero depositado en las cuentas en dólares americanos N.° 110015962 y N.° 110076686 vinculadas a Nicolás Leoz, habilitadas en el Banco Do Brasil, fue movilizado a su vez, entre cuentas abiertas en ese mismo banco, en dólares americanos y guaraníes, a nombre de Leoz, y también a nombre de la empresa NL Stevia SA, relacionada con Nicolás Leoz.
Luego, con fondos provenientes de la actividad ilícita desarrollada por Nicolás Leoz, fue conformado el CDA AA 9387 el 19/05/2014 en el banco Atlas SA, por el monto de G. 3.010.500.000.
Así, el CDA AA 9387 fue renovado por el CDA AB 370 emitido el 15/05/15 por el capital de G. 3.296.497.500. Este CDA formó parte del patrimonio autónomo del contrato de fideicomiso de administración de valores y fuente de pago, que firmó Nicolás Leoz con el Directorio del banco Atlas S.A.
Se tienen extracciones de fondos de la cuenta en dólares americanos abierta en el Banco Do Brasil a nombre de la Conmebol, realizadas entre los meses de diciembre de 2012 y abril de 2013, que también fueron utilizados luego para constituir en el banco Atlas S.A., los certificados de depósito de ahorros (CDAs).
Corresponde indicar que, los señores Miguel Ángel Zaldívar Silvera, Jorge Enrique Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Martínez Duarte, como integrantes del directorio del Banco Atlas S.A., el 4 de febrero de 2016, aprobaron y ratificaron la suscripción de los contratos de fideicomiso de administración de valores y fuente de pago. Además, aceptaron la calidad del banco Atlas como fiduciario.
Estos contratos fueron suscritos luego de que, múltiples publicaciones periodísticas –en medios nacionales e internacionales– vincularan a Nicolás Leoz Almirón, en el período en el que se desempeñó como presidente de la Conmebol, con la realización de conductas penalmente relevantes que afectaron de manera negativa el patrimonio de dicha entidad, lo cual sería advertido también en la auditoría forense practicada a la institución citada. Asimismo, la firma de los contratos señalados se dio con posterioridad al pedido de arresto provisional de Nicolás Leoz Almirón con fines de extradición formulado por la Embajada de los Estados Unidos, luego de que fuera emitido un ROS (reporte de operaciones sospechosas) por ese mismo banco, y de que fuera realizado el allanamiento a la sede la Conmebol, en enero de 2016.
Pese a las circunstancias antes mencionadas, y sin que fueran aplicadas las medidas de debida diligencia ampliada para clientes considerados de alto riesgo, (como lo era Nicolás Leoz), previstas en el artículo 25 de la Resolución N.º 349/2013 de fecha 1 de noviembre de 2013 de la Seprelad (Secretaría de Prevención del Lavado de Dinero), los contratos y sus adendas fueron aprobados y suscritos.
Al momento de la realización de dichas operaciones estaba vigente la Resolución 349/2013 de la Seprelad. El artículo 25 de esta resolución establecía la obligación del banco de aplicar Medidas de Debida Diligencia Ampliada, a los clientes clasificados como de “Riesgo Alto”. En ese sentido, la entidad debió obtener información adicional sobre el cliente Nicolás Leoz (ocupación, volumen patrimonial, información disponible a través de bases de datos públicas, internet, otros; el carácter de la relación comercial y las razones de las transacciones intentadas o efectuadas). Además, se debía realizar una verificación in situ, para corroborar la existencia y la actividad del cliente, y así constatar la veracidad de las informaciones suministradas por éste. Si la entidad no realizaba la verificación, debía justificar por escrito en el legajo del cliente, los motivos fundados de tal decisión. De igual forma, la entidad estaba obligada a efectuar el monitoreo constantemente del desarrollo de la relación comercial. Sin embargo, los responsables del banco Atlas SA no aplicaron la debida diligencia ampliada en el año 2013 y en el 2016, al cliente Nicolás Leoz Almirón, pese a la existencia de prensa negativa y de un pedido de extradición en su contra, y los procedimientos llevados adelante en el marco de dicho proceso.
Incluso en el año 2016, el propio Manual de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento de Terrorismo del banco Atlas SA establecía que ante el lanzamiento de cualquier nuevo producto y/o la modificación de sus características se debía realizar una evaluación de riesgo de LD/FT/FP (Lavado de Dinero; Financiamiento del Terrorismo; Financimiento de la Proliferación de Armas). Con la celebración de los negocios fiduciarios, Nicolás Leoz transfirió la propiedad sobre los certificados de depósito de ahorros al banco Atlas S.A.; así, parte de sus bienes pasaron a integrar el patrimonio autónomo de los fideicomisos.
Así, los directivos del banco Atlas SA, Miguel Ángel Zaldívar Silvera, Jorge Enrique Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Concepción Martínez Duarte, recibieron activos provenientes de la actividad ilícita desarrollada por Nicolás Leoz, y aprobaron el 4 de febrero de 2016, en la ciudad de Asunción, la celebración de los contratos de Fideicomiso de Administración de Valores y Fuente de Pago.


