El Código Penal (CP) de Paraguay tipifica el lavado de dinero (o lavado de activos) en su Artículo 196 y sus modificaciones, estableciendo las sanciones por dicho ilícito que varían según la gravedad y las circunstancias del hecho.
Efectivamente, la Ley N° 6.452 “Que modifica varias disposiciones de la Ley N° 1160/1997 ‘Código Penal’ y su modificatoria, la Ley N° 3.440/2008”, en su Artículo 196 - Lavado de activos, Numeral 4° dice: “Cuando el autor actuara comercialmente o como miembro de una banda formada para la realización continuada de lavado de activos, la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta diez años”.
En el caso que expone al presidente del banco Atlas, Miguel Ángel “Miki” Zaldívar (esposo de Natalia Zuccolillo, directora de Abc Color) y a los miembros del Directorio, en la querella penal promovida por la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), claramente se estaría circunscribiendo a lo que establece el Código Penal.
De acuerdo a los hechos denunciados por la Conmebol, tanto el presidente como los directores del banco Atlas aprobaron dos contratos de fideicomisos (una de G. 23.014 millones y la otra de USD 2,1 millones) con fondos de las cuentas personales del extinto dirigente Nicolás Leoz, provenientes de operaciones presuntamente ilícitas, con los recursos de la organización deportiva.
Las cuentas de fideicomiso, creadas a partir de supuestos fondos ilícitos, no solo generan un blindaje para los beneficiarios de dichas fiducias (las hijas y la viuda de Nicolás Leoz), sino que también generan un importante lucro para la entidad bancaria operante, en este caso el banco Atlas.
En tal sentido, los fiscales de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, Juan Arce, Francisco Cabrera y Verónica Valdez, entendieron que estas operaciones realizadas a través de la mencionada herramienta financiera configuran el hecho punible de lavado de activos, por lo que solicitaron la imputación del presidente del banco Atlas, “Miki” Zaldívar, los miembros del directorio Jorge Enrique Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Martínez Duarte, José Miguel Páez Corvalán, así como también a familiares del extinto Nicolás Leoz.
Según la imputación fiscal (Acta de Imputación N° 4/25), los investigados habrían incurrido en el delito de lavado de dinero previsto en el artículo 196 del Código Penal, al haber obtenido o administrado bienes provenientes de hechos antijurídicos, en concordancia con las disposiciones sobre participación y complicidad.
Los agentes del Ministerio Público sostienen que dichas operaciones fueron realizadas (en el año 2016, un año después de explotar el escándalo del FIFA-Gate) pese a las alertas públicas y judiciales existentes sobre Nicolás Leoz, y que los responsables financieros involucrados no aplicaron las medidas de debida diligencia exigidas por la normativa de prevención del lavado de dinero.
En definitiva, si el proceso judicial abierto por este caso culmina con la condena de los imputados, tanto el presidente de banco Atlas, Miguel “Miki” Zaldívar, como los miembros del Directorio son pasibles de penas carcelarias de hasta 10 años en base a lo que dispone el CP.



