El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) y el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) avanzan en la actualización de la resolución que reglamenta los exámenes médicos ocupacionales obligatorios. La iniciativa busca transformar los controles de ingreso en un seguimiento continuo a lo largo de toda la vida laboral del trabajador para evitar y detectar a tiempo enfermedades profesionales.
El director de Salud y Seguridad Ocupacional del MTESS, Luis Centurión, recordó que la obligación legal recae íntegramente sobre las empresas:
“Esta reglamentación se basa en el artículo 275 del Código del Trabajo, donde se establece que el empleador deberá realizar los exámenes médicos admisionales y periódicos asumiendo el costo. Estamos ampliando y adecuando la norma a las nuevas exigencias de la salud ocupacional”, aclaró.
¿Cuáles son las enfermedades laborales reconocidas por ley?
En Paraguay, el catálogo oficial de patologías derivadas del trabajo está regulado por el Decreto N° 5.649/2010, el cual adopta el listado de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Las enfermedades se dividen según su origen:
Por agentes químicos: Afecciones producidas por la exposición a plaguicidas, metales pesados (plomo, mercurio, cromo), disolventes orgánicos y gases asfixiantes como el monóxido de carbono.
Por agentes físicos: Sordera o deterioro auditivo provocado por ruido continuo, así como trastornos vasculares y articulares derivados de la exposición a vibraciones.
Por agentes biológicos: Infecciones como brucelosis, tuberculosis, hepatitis o tétanos contraídas en entornos de riesgo laboral.
Del sistema respiratorio: Asma profesional, neumoconiosis y afecciones causadas por inhalación de polvos minerales o de madera.
Osteomusculares: Tendinitis, bursitis y síndrome del túnel carpiano generados por movimientos repetitivos, posturas forzadas o vibraciones.
Trastornos mentales: Trastorno de estrés postraumático derivado de eventos traumáticos vinculados al desempeño de la función.
Cáncer profesional: Tumores causados por exposición prolongada a asbesto, benceno, radiaciones ionizantes o compuestos de níquel, entre otros.
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Las nuevas disposiciones que se preparan
La nueva reglamentación técnica introducirá cambios sustanciales en la rutina de las empresas:
Exámenes de reintegro y cambio de puesto: Además de los controles admisionales y periódicos, se exigirá una reevaluación médica obligatoria tras ausencias prolongadas. “Una persona que estuvo dos o tres meses con reposo por un accidente o enfermedad, tiene que hacerse un nuevo control para ver si está apta para reintegrarse”, detalló Centurión.
Evaluación según riesgos específicos: Se definirán protocolos de estudios según la actividad laboral, cubriendo tareas en altura, exposición a ruidos y esquemas de teletrabajo (home office).
Gratuidad y sanciones: Los controles deben ser efectuados por especialistas en medicina del trabajo y su costo no puede ser cobrado al empleado. Las multas para los empleadores que incumplan van de 20 a 30 jornales mínimos por infracción, según lo fijado en el Código Laboral.
Cabe destacar que las entidades continúan trabajando en la reglamentación, por lo que se prevé que la normativa entre en vigencia en las próximas semanas.


