Judiciales

Rechazan habeas corpus de integrante del grupo de Pavao

La defensa dijo que la prisión preventiva carece de sustento legal y que es totalmente arbitraria. Sin embargo, la Sala Penal del máximo tribunal ve que está todo correcto.

| Por La Tribuna

En la sentencia, se menciona que la abogada Gloria Zunilda Duarte Montiel fundamentó que su cliente está con prisión preventiva decretada sin sustento legal y totalmente arbitraria. Sin embargo, para la Corte no hay cuestión que corregir en el citado proceso y que la orden de prisión está correctamente aplicada.

La abogada señaló que la acusación contra su cliente fue presentada por la Fiscalía en forma extemporánea, pero la Corte indicó que este es un tema que ya fue discutido en los procedimientos normales, y que ahora, una acción de amparo no es la vía para corregir.

“Se debe partir de la idea de que el habeas corpus reparador (que fue lo solicitado) es una vía excepcional por lo que se busca enderezar la ilegalidad de una privación de libertad, de gravedad institucional, cuando se demuestra que los mecanismos procesales ordinarios empleados no han podido restablecer el imperio de la legalidad”, dice la Corte.

Más adelante, señaló que viendo todos los expedientes y los pasos que se dieron, se verificó que la prisión preventiva está legalmente autorizada por un juez y que no es nada ilegal ni arbitrario.

La Corte también sostiene que aparte de la correcta aplicación de la prisión preventiva, la acción de hábeas corpus no se puede utilizar para impugnar resoluciones judiciales, para las cuales existen los recursos ordinarios.

Insiste la Corte en señalar que para que prospere la acción de habeas corpus en su modalidad reparadora se requiere inexorablemente la existencia de una privación ilegal de libertad, es decir, sin orden judicial. Lo cual no existió. La reclusión que soporta Ángela María Kunrath no reviste tal carácter, en tanto deriva de resoluciones judiciales dictadas por autoridades competentes, dice la Corte.

Kunrath está acusada por los hechos punibles de asociación para el narcotráfico, comercialización de estupefacientes y lavado de dinero en calidad de coautora. Según la Fiscalía, la procesada es socia de la firma Plantalandia, que el grupo de Chimenes Pavao habría utilizado supuestamente para lavar dinero, disimulando compra de inmuebles y moviendo grandes sumas de dinero cuyo orígen posiblemente sea del narcotráfico.

Kunrath está procesada en el caso Pavo Real II. Ingresó a la prisión el 9 de enero del año pasado. Es de nacionalidad brasileña. Fue aprehendida en diciembre del año 2024 en un sanatorio de Pedro Juan Caballero, donde se internó para someterse a una cirugía estética. El 14 de diciembre fue que el juez Osmar Legal decretó su restricción de libertad, pero ella permaneció en el sanatorio hasta el 9 de enero, fecha en que fue trasladada hasta el correccional Buen Pastor de Asunción.

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