Ante el constante flujo de turistas y residentes que cruzan las fronteras, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) ha reiterado la vigencia de las normativas aduaneras que regulan el ingreso de bienes y dinero al país. El objetivo es agilizar los controles, evitar la incautación de mercaderías y promover la transparencia a través del uso de la Declaración Electrónica Aduanera para Viajeros (eDAV).
Franquicias: ¿Qué se puede traer sin pagar?
Uno de los puntos más consultados por los viajeros es el límite de compras en el exterior. La normativa establece diferencias claras según el medio de transporte:
- Vía Aérea o Fluvial: Los pasajeros disponen de una franquicia de hasta USD 1.000 (o su equivalente en moneda nacional).
- Vía Terrestre: Para quienes ingresen por pasos fronterizos (puentes, aduanas terrestres), el límite libre de impuestos es de USD 300 .
- Duty Free: Adicionalmente, las compras realizadas en las tiendas libres de impuestos al momento de ingresar al país tienen una franquicia extra de USD 500 .
Es importante destacar que estos beneficios aplican siempre que no se presuma un fin comercial de las mercaderías.
Bienes exentos y uso personal
La DNIT aclaró que existen bienes que no suman a la franquicia y están totalmente exentos de tributos, al ser considerados de uso personal o profesional indispensable para el viaje. Entre estos figuran:
- Prendas de vestir y objetos personales.
- Un teléfono celular y una computadora personal con sus accesorios.
- Cámaras fotográficas y reproductores de sonido portátiles.
- Libros y joyas.
- Cochecitos de bebé, sillas de ruedas y equipos deportivos de uso individual.

El semáforo aduanero: ¿Circuito Verde o Rojo?
Para ordenar el control, los viajeros deben elegir su circuito basándose en la honestidad de su declaración.
- Circuito Verde: Para quienes portan solo efectos personales y compras que no superan las franquicias (USD 300 o USD 1.000), si portan más de USD 10.000 en efectivo.
- Circuito Rojo: Obligatorio para quienes traen bienes que exceden lo establecido, entre mercaderías con presunción comercial, artículos restringidos o sumas de dinero iguales o superiores a USD 10.000 .
Atención con el dinero en efectivo: Si usted transporta una suma igual o superior a los USD 10.000 (o su equivalente en cheques, bonos, acciones), es obligatorio realizar la declaración jurada mediante el sistema eDAV y presentar el código QR resultante ante la autoridad aduanera.
¿Qué pasa si excedo el límite?
Si un viajero intenta ingresar mercaderías que superan los valores permitidos o que requieren permisos especiales, deberá presentar la Declaración Jurada de Equipaje.
Si corresponde la retención de los bienes, el funcionario de aduanas entregará un comprobante. A partir de ese momento, el usuario tiene un plazo máximo de 90 días para regularizar el ingreso de los productos mediante un Despachante de Aduanas y el pago de los tributos correspondientes. De no hacerlo, se expone a sanciones o la pérdida de los bienes.
Requisitos para vehículos
Finalmente, para el tránsito terrestre, se recuerda que los conductores deben portar la cédula verde del vehículo y los documentos de identidad de todos los pasajeros. En caso de no ser el titular del rodado, es requisito excluyente contar con una autorización de manejo certificada por Escribanía Pública.


