Las revelaciones de Hugo “El Pollo” Carvajal, exfuncionario venezolano, que mencionan presuntos envíos de dinero del chavismo para el financiamiento de la campaña del expresidente Fernando Lugo, reabren el debate sobre el origen de los fondos utilizados en campañas políticas. De confirmarse, constituiría una violación a la legislación paraguaya que impide recibir aportes de gobiernos o entidades extranjeras.
El artículo 68 de la Ley 4.743/2012 prohíbe a los partidos y movimientos políticos aceptar donaciones o contribuciones provenientes del exterior, sean directas o indirectas. La única excepción contempla aportes de personas o entidades con domicilio en Paraguay destinados a formación, capacitación o investigación. Los fondos de campañas no pueden financiarse con recursos foráneos.
El Tribunal Superior de Justicia Electoral regula la trazabilidad de los aportes a través de cuentas bancarias únicas y registros obligatorios de ingresos y gastos. Los informes deben presentarse y publicarse tras cada elección. Las sanciones por incumplimiento incluyen la suspensión de subsidios estatales por hasta tres años o dos elecciones, y la extinción del partido en casos de dependencia económica comprobada.
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