En el libreto político de Rafael Filizzola, el sobreseimiento definitivo en el escándalo de los helicópteros suele presentarse como un certificado de pulcritud administrativa.
La realidad del expediente, sin embargo, es mucho más prosaica y menos heroica: no hubo una absolución tras un juicio público donde se probara la transparencia de la compra, sino un eficaz portazo técnico motivado por fallas procedimentales de la propia Fiscalía.
Filizzola simplemente aprovechó el despiste del órgano acusador para apagar el expediente antes de que empezara el partido.
La causa se abrió en 2012 para escudriñar la adquisición de aeronaves para la Policía Nacional. En 2014, el Ministerio Público formuló acusación por presunta lesión de confianza y fijó el perjuicio en más de G. 50.062 millones.
Una suma colosal que, de haberse ventilado en un debate oral, habría exigido explicaciones minuciosas sobre peritajes, contratos y desembolsos. Pero ese examen de mérito jamás ocurrió.
El salvavidas procesal terminó siendo la declaración indagatoria. La defensa del exministro argumentó durante años que la acusación fiscal fue presentada sin haberle garantizado de manera adecuada esa instancia formal. Lo que para cualquier ciudadano común es un trámite de agenda, en manos de la estrategia defensiva se convirtió en la piedra angular para demoler todo el proceso.
En 2024, la Corte Suprema de Justicia validó el reclamo de la defensa e identificó la afectación a la garantía constitucional. El efecto dominó fue inmediato: si el acto inicial estaba viciado, la acusación no podía sostenerse. Con el tablero desarmado, en marzo de 2025 la jueza Alicia Pedrozo dictó el sobreseimiento definitivo a pedido de la propia Fiscalía.
Para el discurso público del exministro, el desenlace se vende como una victoria moral. Pero la distinción jurídica es tajante: ser sobreseído por la invalidez de un trámite fiscal no equivale a ser absuelto tras la valoración de las pruebas.
Ningún tribunal de sentencia declaró que las aeronaves estaban en regla, que el precio fue el justo o que el perjuicio presupuestario era un invento. La causa no se cerró porque la compra fuera impecable, sino porque el Estado no supo acusar en tiempo y forma.
Ahí radica la ironía del político que hizo de la ética e institucionalidad su bandera de combate. Quien suele exigir con vehemencia que sus adversarios rindan cuentas ante la Justicia, prefirió en su propia causa el cobijo del vicio procesal antes que someter sus documentos al escrutinio de un tribunal.
Reclamar el debido proceso es un derecho inalienable, pero disfrazar la nulidad de un trámite como un certificado de inocencia es una pirueta comunicacional demasiado evidente.
Sus críticos, lógicamente, señalan la fisura. La ciudadanía se quedó sin saber qué pasó realmente con los G. 50.000 millones y la policía se quedó con un proceso empantanado.
El núcleo de la cuestión resulta sumamente incómodo para el relato de la transparencia: la investigación naufragó por torpeza fiscal, no por mérito de la gestión cuestionada. La Justicia no declaró inocente a Filizzola; simplemente admitió que ya no podía juzgarlo. En los papeles del juzgado, la causa está archivada y la condena no existe. Pero en el tribunal de la opinión pública, la duda sobre la compra millonaria seguirá volando tan alto como los helicópteros que motivaron el escándalo.


