El tribunal de sentencia, integrado por Elsa García, Matías Garcete y Adriana Planás, condenó al empresario Carlos Andrés Oleñik Memmel a 3 años de pena privativa de libertad y a Martín Federico Varela a 2 años de cárcel, con suspensión de la ejecución de la condena, ambos fueron condenados por estafa. El acusado César David Fernández Amarilla fue absuelto de reproche y pena.
La fiscala Daisy Sánchez había solicitado 4 años y 6 meses de prisión para todos los procesados. Según la acusación, los ahora condenados habrían actuado de manera coordinada para obtener un crédito de G. 1.261.544.244 de FIC SA de Finanzas, mediante la presentación de tres cheques como garantía que, según la acusación, eran inejecutables desde su origen.
Los cheques fueron emitidos supuestamente con una sola firma, pese a requerirse firma conjunta, y estaban vinculados a una cuenta cancelada, lo que derivó en su rechazo al momento del cobro.
La Fiscalía sostiene que los acusados conocían esta irregularidad y, aun así, utilizaron los cheques para inducir al error a la entidad financiera, logrando el desembolso del dinero sin intención de pago.
Según se probó en juicio, Oleñik Memmel, en su calidad de presidente de la firma Annuaki SA, suscribió con la firma FIC SA de Finanzas, en fecha 24 de abril del 2020, un contrato de crédito por la suma de G. 1.261.544.244, con una caución de tres cheques del banco Río.
Los referidos cheques, identificados como Nº 645854 a la orden de Annuaki SA, de fecha 15 de mayo del 2021 por G. 100.000.000; cheque N⁰ 645855 a la orden de Annuaki SA de fecha 25 de mayo de mayo del 2021 por G. 100.000.000 y cheque N⁰ 645856 a la orden de Annuaki SA de fecha 10 de junio del 2021 por G. 100.000.000, fueron emitidos por Martín Federico Varela, uno de los representantes de la firma Agroforestal Las Quebradas SA.
Ante la morosidad del crédito se activó la garantía prestada, por lo que los tres cheques fueron presentados para su correspondiente depósito y efectivización en fecha 5 de mayo del 2021. Sin embargo, todos fueron rechazados por firma deficiente y cuenta cancelada.
Varela, el librante del cheque, en connivencia dolosa con Oleñik Memmel, en total conocimiento de que para el cobro de los mismos debían contar con las dos firmas del titular de Las Quebradas SA (Varela) procedió a estampar una sola firma, a los efectos de que sean rechazados al momento de su presentación, sabiendo el destino de los mismos y a qué efecto fueron librados.
La prestación de la garantía era un requisito fundamental para el otorgamiento del crédito. Por lo que Oleñik Memmel y Varela, al momento del acuerdo de la obtención del crédito habrían tenido la voluntad de incumplir con lo prometido, según la acusación.


