La determinación fue adoptada durante la sesión plenaria de este martes 13 de octubre, a propuesta del ministro Eugenio Jiménez Rolón, superintendente de la Circunscripción Judicial de Central, quien ya había dispuesto una auditoría de reacción inmediata para revisar el expediente.
Uno de los aspectos que encendió las alarmas fue el tiempo transcurrido entre la advertencia de la víctima sobre el incumplimiento de las medidas de protección y la comunicación dirigida al Ministerio Público para investigar al denunciado por un posible hecho de desacato.
A esto se suma que, según los datos preliminares expuestos ante la Corte, no existe constancia de que el oficio judicial haya sido efectivamente diligenciado ante la Fiscalía.


