El fallo fue dictado por el tribunal de sentencia integrado por Lourdes Garcete, Juan Vicente Fretes y Celia Salinas
La presidenta del tribunal Lourdes Garcete señaló que la fiscalía tiene razón cuando señala que González Chaves no era cualquier funcionario público sino un concejal electo por el pueblo de Luque.
“El enriquecimiento ilícito es un hecho punible que requiere una condición objetiva de autor, no puede ser cualquier persona autora de enriquecimiento ilícito, sino que necesariamente tiene que ser un funcionario público”
La fiscalía representada por Luz Guerrero y Francisco Cabrera quedó conforme con el fallo, ya que ambos agentes habían pedido para el concejal colorado Óscar González Chaves, hijo del extinto senador Óscar González Daher fue solicitado por los fiscales Francisco Cabrera y Luz Guerrero..
Tercer juicio oral
Este fue un nuevo juicio para el exconcejal y esta situación juicio obedeció a que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró prescripta la acción penal por el delito de lavado de dinero y anuló las penas anteriores.
En el 2021 González Chaves había sido condenado a ocho años de cárcel por los delitos de enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración falsa.
Sin embargo, la Corte Suprema anuló parcialmente este fallo. El cargo por declaración falsa quedó descartado y se ordenó realizar un segundo juicio para revaluar la condena,
En el segundo juicio fue condenado a cinco años y seis meses de cárcel, pero la Sala Penal de la Corte revocó esta sentencia al declarar oficialmente prescripta la acción.
Medición de la pena
Con el juicio de la medición de la pena se evaluó únicamente el enriquecimiento ilícito vinculado a más de G. 29.200 millones de patrimonio injustificado.
La Corte solamente pidió la medición de la pena aclarando que la responsabilidad del procesado sobre enriquecimiento ilícito ya fue demostrada.
La base de cálculo es de G. 29.227.656.115. Según el expediente del caso, este monto se encontró en las cuentas de González Chaves entre septiembre del 2007 y el mismo mes del año 2018. En esta época él era concejal en la Municipalidad de Luque y, según la investigación, sus ingresos no justifican dicho monto.
El tribunal presidido por la jueza Garcete, en las distintas etapas de juicio y medidas de mejor proveer evaluó testimonios claves de contadores, escribanos y allegados vinculados a operaciones financieras e inmobiliarias de la familia para sostener la medición de la sanción.


