Condenan a 12 años de cárcel a un hombre por abusar de su hija en Caacupé

El hecho ocurrió mientras la niña de 8 años dormía en la casa de su abuela paterna; el fiscal había solicitado la pena máxima de 15 años.

| Por La Tribuna
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La Fiscalía rechazó el argumento de la defensa de que el condenado fue motivado por el alcohol para cometer el hecho.

Un Tribunal de Sentencia condenó a 12 años de pena privativa de libertad a un hombre de 41 años tras hallarlo culpable de abuso sexual contra su propia hija biológica de 8 años. La causa estuvo a cargo del fiscal Gedeón Escobar, quien representó al Ministerio Público en la investigación.

El hecho se registró el 25 de octubre de 2025 en la ciudad de Caacupé. Según los antecedentes expuestos durante el juicio, la niña se encontraba en la vivienda de su abuela paterna. En horas de la madrugada, el agresor llegó al domicilio tras consumir bebidas alcohólicas y manoseó a la menor en sus partes íntimas.

“Es un hecho que involucra al papá biológico de una nena que sufrió el toqueteo de parte de esta persona. Lastimosamente esa niña tuvo que vivir esa experiencia y de alguna manera se ha hecho justicia al llegar a esa condena de la conducta execrable de esta persona”, declaró el fiscal Escobar en comunicación con La Tribu 650 AM.

La víctima relató lo sucedido de manera espontánea a su abuela, quien notificó de inmediato a la madre para que retirara a la niña. Posteriormente, la pequeña fue trasladada a un centro médico, donde la pediatra de guardia detectó la situación y activó el protocolo correspondiente. “Al haber un indicio enseguida se hizo la comunicación y ahí empezamos a dar andamiaje al mecanismo para poder llegar a esto tras una exhaustiva investigación”, destacó el representante del Ministerio Público.

Durante el proceso, la defensa intentó atenuar la responsabilidad del acusado alegando su estado de ebriedad, argumento que fue rechazado por la fiscalía. “El abuso consistió en toqueteos después de que esta persona llegó de compartir una ronda de tragos. Para el hecho no existe ningún tipo de justificativo, este borracho o sano”, enfatizó Escobar.

Si bien el agente fiscal había solicitado la pena máxima de 15 años establecida para casos de abuso sin acceso carnal cometidos por los progenitores, el tribunal resolvió fijar la condena en 12 años de prisión preventiva. “Tenemos que volver a refundar los valores familiares para que estas cosas no vuelvan a suceder”, concluyó el fiscal.

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