El juez penal de Garantías, Especializado en Narcotráfico y Crimen Organizado, Rodrigo Estigarribia decretó la prisión preventiva de Dionisio Manuel Cáceres Cabrera, alias Manu, hombre de confianza del narcotraficante Sebastián Marset. El ahora detenido se encuentra vinculado en la causa Nexus II.
Para el magistrado existen peligro de fuga y la posibilidad de obstruir la investigación por parte del ahora imputado por narcotráfico y lavado de dinero, por lo que se resuelve la prisión preventiva del mismo.
Según la imputación, a Cáceres Cabrera se le atribuye haber integrado una asociación criminal con asiento y base operativa en el territorio de la República del Paraguay, conformada mayoritariamente por ciudadanos paraguayos, cuya actividad principal consistía en la organización, coordinación y ejecución del tráfico internacional de sustancias estupefacientes prohibidas por la Ley N.o 1340/88 y sus modificatorias.
Dicha estructura delictiva, si bien operaba desde territorio nacional, mantenía vínculos directos con ciudadanos extranjeros radicados en países productores de cocaína, tales como el Estado Plurinacional de Bolivia, República del Perú y la República de Colombia, con quienes establecía contactos y acuerdos destinados a asegurar el ingreso ilícito de cargamentos de cocaína al territorio paraguayo.
Una vez introducida la sustancia al país, la organización procedía a su acopio y fraccionamiento,redistribución y posterior comercialización.
Asimismo, se atribuye que la asociación contaba con una estructura jerarquizada y funcionalmente organizada, cuyos líderes impartían directivas incluso encontrándose privados de libertad en distintos establecimientos penitenciarios del país.
Para la materialización de sus fines ilícitos, estos se valían de facilitadores u operadores externos, quienes ingresaban y egresaban de los centros penitenciarios, facilitando la comunicación y la transmisión de instrucciones impartidas, así como la coordinación de la logística necesaria para el ingreso clandestino de las sustancias, su almacenamiento, distribución y comercialización, conforme a la imputación fiscal.
“Del mismo modo, la organización habría desarrollado mecanismos tendientes a la incorporación del producto económico obtenido del tráfico ilícito en actividades comerciales aparentemente lícitas, con la finalidad de dar apariencia de legalidad a los fondos provenientes de la actividad criminal y asegurar la continuidad operativa de la estructura”, refiere el escrito.
Concluye señalando: “Los hechos precedentemente atribuidos han podido ser debidamente establecidos a partir de la implementación de técnicas especiales de investigación judicialmente autorizadas, cuya ejecución se inició en virtud del A.I. N.o 166 de fecha 18 de mayo de 2022, y se mantuvo vigente hasta la última fecha de interceptación autorizada, correspondiente al 30 de abril de 2025, y su periodo respectivo”.


