La propuesta todavía no es ley ni produce nuevas restricciones. Sin embargo, la aprobación general refleja un acuerdo sobre una cuestión central: la pensión alimentaria no puede seguir dependiendo de trámites lentos, registros incompletos y decisiones judiciales difíciles de ejecutar.
El REDAM fue creado para identificar a quienes incumplen una obligación fijada judicialmente. El problema es que la cantidad de inscriptos continúa siendo muy inferior al volumen de expedientes relacionados con la asistencia alimentaria. Durante el debate parlamentario se mencionó la existencia de aproximadamente 48.000 casos judiciales por incumplimiento, de los cuales apenas el 2% habría sido procesado efectivamente.
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Esa distancia entre los expedientes y las respuestas concretas muestra que una sentencia favorable no siempre garantiza que el dinero llegue a tiempo. Mientras avanzan los procedimientos, una madre, un padre o un responsable debe cubrir en soledad alimentación, medicamentos, educación, transporte, vestimenta y vivienda.
El proyecto presentado por el diputado Luis Federico Franco Alfaro busca cerrar parte de esa brecha mediante la integración del REDAM al expediente principal del juicio de alimentos. Cuando el juez declare la mora, deberá ordenar la inscripción del deudor dentro de un plazo máximo de 48 horas.
En los juzgados de la Niñez y la Adolescencia que cuenten con sistemas informáticos, la comunicación podrá realizarse automáticamente. La persona beneficiaria o su representante también podrá solicitar la incorporación de manera presencial o electrónica, sin promover un incidente judicial separado.
Este cambio parece administrativo, pero puede resultar decisivo. Actualmente, cada trámite adicional representa tiempo, gastos y nuevas gestiones para familias que ya soportan las consecuencias del incumplimiento. La digitalización permitiría reducir esa carga y evitar que la persona afectada deba recorrer nuevamente el sistema para hacer cumplir una resolución existente.
La iniciativa obliga igualmente al Poder Judicial a garantizar acceso telemático en todas las circunscripciones, integración con el expediente electrónico, notificaciones digitales y canales de seguimiento. También contempla la coordinación de la Corte Suprema con Migraciones, la Policía Nacional, el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación, la Agencia Nacional de Tránsito, las municipalidades y otras instituciones.
Otro punto relevante es la ampliación del certificado de antecedentes del REDAM. El documento sería requerido para obtener o renovar licencias de conducir, tramitar pasaportes y realizar determinadas operaciones ante escribanos. La propuesta también contempla controles para la salida del país mientras subsista la deuda, salvo autorización judicial fundada.
Las consecuencias podrían alcanzar el acceso a cargos públicos, nombramientos, concursos, contrataciones estatales y candidaturas electivas mientras la inscripción permanezca vigente. También se incluyen restricciones para determinados acontecimientos deportivos, culturales o recreativos de carácter masivo.
En los matrimonios civiles, el funcionario deberá informar al otro contrayente y a los testigos si una de las personas se encuentra registrada como deudora. Además, el juez podrá imponer costas y ordenar la reparación de daños materiales o morales cuando se demuestre un incumplimiento deliberado.
Las medidas deberán ser revisadas cuidadosamente durante el estudio particular para asegurar que sean proporcionales, aplicables y compatibles con las garantías constitucionales. Un texto severo, pero imposible de ejecutar, terminaría generando más frustración. La eficacia dependerá de sistemas conectados, información actualizada y decisiones judiciales rápidas.
El proyecto define la falta de pago como una forma de violencia económica. No solamente perjudica a niñas, niños y adolescentes, sino también a quienes asumen sin acompañamiento la crianza y el sostenimiento del hogar, mayoritariamente mujeres.
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Fortalecer el REDAM no significa reemplazar el debido proceso ni aplicar castigos automáticos ante cualquier controversia. La inscripción deberá partir de una declaración judicial de mora y la autoridad competente conservará la facultad de evaluar cada situación.
El objetivo principal debe ser incentivar el cumplimiento, no acumular sanciones. Pagar la asistencia alimentaria no constituye una ayuda voluntaria ni un favor hacia la expareja: es una obligación legal destinada a garantizar derechos fundamentales de los hijos.
Diputados abrió una oportunidad para convertir al REDAM en una herramienta efectiva. El desafío de la próxima sesión será corregir vacíos, evitar excesos y construir un procedimiento que funcione en todo el país. Cuando la asistencia no llega, la infancia no puede esperar el ritmo de la burocracia.


