El representante del Ministerio Público solicita que se disponga la continuación del trámite de los recursos planteados por la defensa de Delcia María Karjallo de González contra las resoluciones A.I. N.° 290 y 291, del 10 de julio de 2025, y que la Sala Penal emita un pronunciamiento sobre dichos planteamientos.
Además, sostiene que la Fiscalía ya presentó su requerimiento conclusivo el 3 de julio de 2024 y que desde entonces la defensa habría promovido numerosas dilaciones que impidieron la realización de la audiencia preliminar, tras la cual se definir si la causa se eleva a juicio oral..
En la mencionada fecha, los fiscales Néstor Coronel y Alma Zayas presentaron acusación contra Delcia Karjallo de González, Carolina Concepción González Aguilera y Fernando González Karjallo por el hecho punible de Lavado de Dinero y solicitaron que la causa sea elevada a juicio oral y público.
Los fiscales fueron designados para presentar el requerimiento conclusivo por resolución FGE N.° 2593/2024, a pesar de haber sido recusados por la defensa técnica de los investigados, porque la acusación es una actividad imprescindible que no admite dilación al Ministerio Público, de conformidad a lo establecido en el art. 346 del Código Procesal Penal, según argumentaron.
En el escrito se acusa a Delcia Karjallo de participar, junto con su esposo Ramón González Daher y con su hijo Fernando González Karjallo, procesados por usura en otra causa, en las cuentas bancarias abiertas y los depósitos por las ganancias que se obtuvieron por los préstamos de dinero con intereses usurarios.
El dinero proveniente de los intereses usurarios era colocado en certificados de depósitos de ahorro (CDA) que producían ganancias transformando el dinero lícito en ilícito. Por su parte, Carolina González, esposa de Fernando González Karjallo, también aparece con certificados de depósitos de ahorro a su nombre, cuyo dinero tiene el mismo origen irregular., siempre según la acusación.
El requerimiento conclusivo cuenta con 37 fojas en las que se hace un relato pormenorizado de los hechos atribuidos a los acusados y fue presentado utilizando la prórroga extraordinaria concedida por el Juzgado.
Según la acusación fiscal, entre el 2014 y 2019, las personas acusadas depositaron dinero que posteriormente utilizaron como inversión en certificados de depósito de ahorro en distintos bancos.
El Ministerio Público había imputado a la esposa, el hijo y la nuera de Ramón González Daher por lavado de dinero producto de la usura en junio del año 2024.
En ese entonces, la Fiscalía también dispuso el embargo preventivo por el valor de G. 1.194.134.445.361 y USD 297.759.867, así como toda suma de dinero o títulos de crédito o valor colocados en entidades financieras locales.









