Los ministros Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia hicieron lugar al recurso extraordinario de casación planteado por la defensora pública Jazmín Thamara Elizabeth Ortiz, representante de Adán Denis Núñez Irala, y anularon su condena de 11 años de prisión por robo con resultado de lesión grave y dispuso su sobreseimiento definitivo de un hecho que ocurrió en el 2014.
Los ministros manifiestan que el juzgado penal de Garantías otorgó de manera indebida un nuevo plazo al Ministerio Público al reabrir la causa en el año 2018, tras un sobreseimiento provisional dictado en el 2015.
Adán Núñez fue condenado en octubre del 2020, pero el hecho ocurrió el 17 de noviembre del 2014 en Benjamín Aceval, Presidente Hayes, cuando supuestamente hirió de un disparo de arma de fuego a Alejandro Ramón Martínez, para robarle su motocicleta. Patricia Aquino era la fiscala acusadora de aquel entonces.
“El Ministerio Público no solo excedió el marco temporal legalmente previsto, sino que además carecía de nuevos elementos de convicción que
justificaran la reapertura de la causa, en franca contradicción con los requisitos del Código Procesal Penal. Tal circunstancia impide sostener la validez de la acusación formulada y obliga a reconocer la configuración de una violación al principio de legalidad procesal y al derecho a ser juzgado en un plazo razonable, principios que integran el núcleo esencial del debido
proceso”, sostiene la Sala Penal.


