Corte destraba causa de Miguel Prieto, acusado en causa conocida como Tajy

La Sala Penal no hizo lugar a la recusación del exintendente de Ciudad del Este y allanó el camino para realizar la audiencia preliminar en el caso de lesión de confianza y otros. Otras diez personas más se encuentran acusadas.

| Por La Tribuna
Miguel Prieto, exintendente de Ciudad del Este.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por Alberto Martínez Simón, Manuel Dejesús Ramírez Candia y Eugenio Jiménez Rolón, no hicieron lugar a la recusación presentada por el exintendente de Ciudad del Este, Alto Paraná, Miguel Prieto contra los camaristas Gustavo Amarilla Arnica, Claudia Criscioni y Silvana Luraghi, integrantes del Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos. La causa se encuentra con el juez penal de Garantías Humberto Otazú, quien deberá fijar fecha para la audiencia preliminar.

La defensa alega supuesta parcialidad manifiesta por decisiones contradictorias en causas similares.

“El mencionado Tribunal ha resuelto dos casos sustancialmente idénticos en sentidos frontalmente opuestos, sin justificación expresa y legal del cambio radical de criterio, lo que configura sin dudas un prejuzgamiento implícito en la presente causa. El tribunal no justifica el cambio de criterio aún cuando no hay distinción de hechos punibles investigados, mucho menos explica por qué una misma norma recibe dos interpretaciones incompatibles”, refieren los abogados recusantes.

“Esta omisión transgrede el ámbito de la discrecionalidad judicial y se ubica dentro de la arbitrariedad proscrita por orden constitucional”, dice el escrito de recusación.

Ante esto, la Sala Penal concluyó que la disconformidad con fallos judiciales no constituye causal de recusación.

“El apartamiento de un magistrado solo puede darse cuando se prueba de modo categórico o según posiciones muy sólidas, sobre la base de indicios y medios de prueba suficientemente acreditados, que él está incurso en una de las causales previstas en la ley. Naturalmente, tal suficiencia no existe, ni por asomo, en el caso concreto”, sostiene la máxima instancia judicial.

La presente resolución se enmarca en la causa conocida como Tajy, en la que Prieto y otros procesados afrontan cargos por una presunta compra ficticia de insumos para panificados durante la pandemia, por un monto de G. 306.188.500

En el caso Tajy, están acusados el exintendente Miguel Prieto, Francisco Raimundo Arrúa Álvarez (exdirector de Administración y Finanzas de la comuna) y otras ocho personas. La Fiscalía les atribuye los hechos punibles de lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal.

De acuerdo con la acusación, el 11 de junio del 2020 los procesados habrían ocasionado un perjuicio patrimonial de G. 306.188.500 a la Municipalidad de Ciudad del Este, a través de un pago irregular a la empresa proveedora por mercaderías inexistentes, tras un procedimiento diseñado para beneficiar exclusivamente a dicha firma.

Los otros acusados son: Buenaventura Morínigo, Emili Vanessa Florentín Páez, Robert Osmar Florentín Silvero, Maggi Farinha Almada, Alex Yamal Samhat González, Sebastián Martínez Insfrán, Higinio Ramón Acuña, Nelson Segovia Acevedo, y Cirle Alcaraz Ramírez.

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