Judiciales

Condena con suspensión en Ciudad del Este por ocupación

Tres personas fueron condenadas en Ciudad del Este por ocupación de propiedad ajena. Las condenas fueron de 2 años de prisión y fueron sustituidas por medidas ordenadas por el tribunal de turno. El fiscal acusador fue Osvaldo Zaracho Romero, de la Unidad Penal N° 10 de la citada ciudad.

| Por La Tribuna

Los condenados están identificados como Juan Pablo Paredes Duarte, Marisol López Riveros y Elena López Riveros. Durante el juicio oral y público, desarrollado en el Poder Judicial de Ciudad del Este, el representante del Ministerio Público presentó las pruebas documentales y testimoniales de la responsabilidad penal de los acusados.

El Tribunal de Sentencia, integrado por los magistrados Herminio Montiel, Édgar Lezcano y Zunilda Martínez Noguera, dictó la sanción de 2 años con suspensión a prueba de la ejecución de la condena y ordenó las medidas a cumplir, entre ellos, presentarse al juzgado a firmar el libre, prohibición de salir del país y prestar servicio civil en lugares que les serán indicados en los próximos días por el juez de ejecución.

Según los informes del Ministerio Público sobre los antecedentes, en fecha 23 de mayo del 2024, los acusados habrían ingresado de manera clandestina y sin autorización a inmuebles ubicados en el km 7, barrio Don Bosco de Ciudad del Este, correspondientes a la Finca Nº 6.779 y a la Finca Nº 2.808.

Posteriormente se habrían instalado en el lugar con construcciones precarias, pese a conocer que se trataba de propiedades privadas.

En el marco de la investigación del caso, el 6 de junio del 2024, se realizó una constitución fiscal-policial con acompañamiento de funcionarios del Departamento de Catastro de la Municipalidad de Ciudad del Este, quienes confirmaron que las ocupaciones se encontraban dentro de los límites de la Finca Nº 2.808. Ante la flagrancia, la Fiscalía ordenó la detención de los sindicados.

Las pruebas producidas en juicio incluyeron notas e informes policiales, actas de procedimiento, tomas fotográficas, informes periciales, documentos de titularidad, resoluciones y testimonios, entre otros elementos que acreditaron la existencia del hecho y la ocupación ilegítima.

De las evidencias se concluyó que los inmuebles son de propiedad privada debidamente individualizada, y que la ocupación se realizó sin autorización de sus titulares.

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