El juez penal de Garantías, especializado en delitos económicos y anticorrupción, Humberto Otazú otorgó medidas alternativas a la prisión al exintendente de Ciudad del Este Miguel Prieto en la causa por lesión de confianza por un supuesto perjuicio patrimonial de G. 757.166.276 en el pago presuntamente irregular de obras que no se habrían ejecutado en el hospital Regional de la capital de Alto Paraná.
Entre las condiciones impuestas se incluyen la comparecencia trimestral ante la Justicia, la prohibición de salir del país y el pago de una fianza real de G. 350.000.000.
La imputación fue presentada por los agentes fiscales Silvio Corbeta, Yeimy Adle Monges y María Verónica Valdez el 11 de marzo pasado como supuesto autor del hecho punible de lesión de confianza, junto con otros diez presuntos cómplices, entre ellos el actual diputado Walter García.
En ese contexto, fue remitido el Oficio Nº 78 a la Cámara de Diputados, mediante el cual se informa lo resuelto por proveído en la fecha, así como la solicitud de desafuero presentada por los intervinientes.
Conforme a los antecedentes de la causa, se atribuye a Miguel Prieto Vallejos que, en su calidad de ordenador de gastos del patrimonio municipal, entre diciembre del 2019 y agosto del 2022, habría ocasionado un perjuicio económico a las arcas de la Municipalidad de Ciudad del Este por un valor aproximado de G. 757.166.276.
Dicho monto resultaría de las diferencias entre lo pagado por el Consejo Local de Salud y lo efectivamente construido o ejecutado por las empresas constructoras Servmaq y M&M Constructora por obras realizadas dentro del Hospital Regional de Ciudad del Este. Esta última empresa sería de fachada, vinculada a una contadora y exfuncionaria municipal, presuntamente relacionada con un operador político.
En ese sentido, Prieto habría ordenado diez transferencias a favor del Consejo Local de Salud del Hospital Regional de Ciudad del Este, de las cuales una parte importante habría sido utilizada para inversión física y edilicia en obras realizadas dentro del mencionado hospital. Estas transferencias de recursos habrían sido ordenadas por la Intendencia municipal a través de resoluciones.
Las mismas habrían sido emitidas por el intendente municipal sin designar un fiscalizador de obras, sin contar con los dictámenes pertinentes que garantizaran y certificaran la efectiva ejecución de los trabajos, sin planificación previa y sin adecuarse a los trámites y mecanismos previstos.
Las transferencias de fondos, ordenadas a través de dichas resoluciones municipales, habrían sido solicitadas por la Dirección de Desarrollo Social para que fueran realizadas a favor del Consejo Local de Salud.


