Judiciales

Defensa de Dalia López solicita medidas sustitutivas y justifica millonaria suma

El abogado Adrián Salas argumentó que su clienta no se presentó ante la justicia por temor a amenazas telefónicas y ofreció un inmueble de un millón de dólares como fianza.

| Por David Martinez
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Abogado Adrían Salas.

La comparecencia judicial de la empresaria Dalia López, tras seis años de rebeldía, marcó la agenda judicial de este viernes con el pedido formal de medidas sustitutivas a la prisión preventiva. Su abogado defensor, Adrián Salas, sostuvo que la conducta atribuida a la mujer se encuadra en la categoría de delito, lo que técnicamente permitiría evitar el centro de reclusión.

El abogado alegó que la prolongada incomparecencia de López no respondió a una voluntad de eludir la justicia por culpabilidad, sino a un estado de pánico provocado por constantes amenazas telefónicas que habría recibido incluso un día antes de su audiencia programada en marzo de 2020.

Este escenario de evasión comenzó cuando la empresaria fue señalada como la logística detrás de los pasaportes falsos del exfutbolista Ronaldinho Gaúcho. Tras ser declarada en rebeldía por el juez Gustavo Amarilla, la mujer permaneció oculta hasta su captura en la víspera en una residencia de Barrio Herrera.

El representante legal subrayó que, en este momento, su defendida se siente “más segura” bajo custodia en la Comisaría de Mujeres, debido a que el entorno de encierro y amenazas previas había deteriorado su salud física y mental durante más de un lustro de clandestinidad.

Garantías económicas y desestimación de peligro de fuga

Para mitigar el riesgo de fuga contemplado en el Artículo 243 del Código Procesal Penal, la defensa ofreció como fianza un inmueble valuado en más de un millón de dólares. Salas argumentó que es improbable que una persona arriesgue un patrimonio de tal envergadura dándose a la fuga.

Asimismo, señaló que el peligro de obstrucción a la investigación es inexistente, dado que la causa principal ya fue juzgada para los demás implicados, con sentencias que en su mayoría no superaron los dos años de condena o terminaron en suspensiones condicionales del procedimiento.

Justificación del efectivo hallado en la residencia

Respecto a los 220.000 dólares y 300 millones de guaraníes incautados durante el allanamiento en la calle Moisés Bertoni, el abogado aseguró que dicho monto proviene de la actividad lícita de las empresas que maneja la empresaria junto a su marido.

Adrián Salas afirmó que el dinero está debidamente acreditado ante las autoridades tributarias y que presentarán la documentación necesaria para solicitar la devolución de los valores. Según el defensor, el manejo de grandes sumas de efectivo es habitual para la logística operativa de sus firmas comerciales y no guarda relación con actividades ilícitas.

Situación médica y tratamiento con 15 fármacos

La salud de Dalia López fue otro punto crítico expuesto tras la inspección del médico forense en la sede policial. El reporte indica que la procesada consume actualmente aproximadamente 15 medicamentos diarios para tratar diversas afecciones, principalmente de índole cardíaca.

La defensa solicitó que la mujer sea tratada por especialistas en centros asistenciales adecuados, argumentando que el encierro prolongado en la vivienda donde fue capturada agravó cuadros que podrían volverse crónicos si no recibe la asistencia médica pertinente de manera inmediata.

El fin de la asociación criminal según la defensa

Un punto técnico relevante mencionado por Salas es la supuesta desaparición de la figura de asociación criminal en esta etapa del proceso. El abogado recordó que el Tribunal de Sentencia, al juzgar a los otros imputados en el caso de los pasaportes falsos, ya se pronunció sobre este tipo penal y que dicha resolución se encuentra firme.

Bajo esta premisa, la defensa busca que el juzgamiento de López se limite exclusivamente a la producción de documentos no auténticos, lo que facilitaría la obtención de una libertad ambulatoria o arresto domiciliario mientras concluye el proceso.

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