En un juicio penal privado, la jueza de Sentencia Unipersonal, Mesalina Fernández, condenó a 180 días de multa (180 jornales mínimos), equivalente a G. 20.070.360, al exsenador Miguel Fulgencio “Kencho” Rodríguez, quien fue hallado culpable por difamación contra el abogado Felino Amarilla, sobre quien había declarado que protegía actividades del narcotráfico y que había robado tierras de Antebi.
La resolución judicial, sin embargo, indica que la mencionada sanción queda suspendida pero, como condición, el exparlamentario deberá pedir disculpas en un medio de comunicación o vía redes sociales y no cambiar de domicilio.
En septiembre del 2022, el abogado Amarilla cuestionaba en una radio local un proyecto de ley que pretende abrir un camino vecinal en el tramo Retiro Alegre-San Carlos del Apa, Concepción, porque este camino ya existe desde hace varios años y porque la expropiación de dichas tierras afectaría el ecosistema del lugar poniendo en peligro a los animales y plantas silvestres. Parte de dichas tierras eran de su propiedad.
Kencho Rodríguez, como proyectista de la ley, había mencionado al mismo medio de comunicación que el abogado Amarilla no quiere que se abran caminos en su propiedad porque en la misma hay pistas clandestinas y, además, en la zona se habría hallado un laboratorio de cocaína.
“Hace poco se encontró un laboratorio de cocaína de 1.200 kilogramos mensuales en Paso Bravo, propiedad de 100.000 hectáreas. El señor Felino Amarilla tiene ahí 65.000 hectáreas y ese camino que él no quiere que se abra pasa por la Estancia Arrecife, que tiene 27.000 hectáreas y toda una propiedad de Felino Amarilla. Felino Amarilla tiene 65.000 hectáreas que le robó al señor Antebi”, declaraciones que le valieron a Rodríguez un juicio penal privado.
Ante esto, ese mismo mes de septiembre del 2022, a través de su abogado Guillermo Duarte Cacavelos, el abogado Felino Amarilla presentó una querella contra Rodríguez por difamación, calumnia e injuria.
La mencionada jueza de Sentencia condenó a Rodríguez por difamación. Consideró que las declaraciones de Rodríguez no constituyen calumnia, ya que no hubo el dolo que requiere el delito.
En cuanto al hecho de injuria, Fernández indicó que hay un reproche reducido que lo exime de sanción, ya que sus dichos fueron en respuesta a otros que emitió Amarilla.

