Se cierra la investigación de la denuncia que Arnaldo Giuzzio habría realizado por supuesto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero contra el expresidente de la República y titular de la ANR, Horacio Cartes. Dicha denuncia Giuzzio presentó ante la Fiscalía cuando era ministro del Interior del expresidente Mario Abdo Benítez.
El Tribunal de Apelación estuvo integrado por Gustavo Amarilla, Claudia Criscioni y Silvana Luraghi. La resolución señala que la apelación presentada por Giuzzio es inadmisible, porque este no tiene legitimación activa para presentar este recurso.
El juez de delitos económicos Rodrigo Estigarriba había resuelto ya la desestimación de la denuncia. Entonces, Giuzzio presentó la apelación. Ahora el Tribunal confirma la decisión del juez de primera instancia. El fallo fue firmado por unanimidad.
La denuncia de Giuzzio estaba relacionada con el caso conocido como Panamá Papers, que incluye también evasión impositiva y contrabando. Los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Fernando Meyer y Verónica Mayor se hicieron cargo de la denuncia de Giuzzio y presentaron ante el juez Rodrigo Estigarribia.
El juez desestimó la denuncia y Giuzzio apeló diciendo que el juez hizo una valoración sesgada y errónea de la presentación de las pruebas y que hicieron un análisis poco riguroso de los tipos penales vinculados de delitos económicos.
El problema que el Tribunal de Apelación ve ahora es que Giuzzio presentó una denuncia y no una demanda. Además, como denunciante él no es la persona ofendida directamente. Por esta razón, no es él el que debe presentar un recurso de apelación. En un error procesal que no merece más discusión que el rechazo y la ratificación de la desestimación de la denuncia.
El Tribunal de Apelación sostiene que la resolución del juez Rodrigo Estigarribia no puede ser revisada a pedido de Giuzzio, porque el Código Procesal Penal solamente otorga ese derecho a una persona considerada como víctima. En el caso en estudio, Giuzzio no se presenta como víctima, no reúne tal condición, según el fallo.
El Tribunal también explica que enriquecimiento ilícito, contrabando, evasión de impuestos y lavado de dinero, que fueron denunciados por Giuzzio, protegen bienes jurídicos de carácter supraindividual, como la función pública, recaudación aduanera, orden tributario y sistema financiero. No se observa en el expediente que Giuzzio sea víctima directa de estos casos, según la resolución del tribunal.
El Tribunal insistió en que una resolución de un juez que desestima este tipo de denuncia en forma general no puede ser apelada por una persona que no tiene la legitimación activa para presentar este tipo de recurso.


