En un paso clave para intentar dar una solución de fondo al histórico problema de movilidad urbana, el presidente de la República, Santiago Peña, firmó el Decreto N° 5969. Este documento reglamenta oficialmente la Ley de Reforma del Transporte Público, dando vía libre al Estado para iniciar los esperados procesos de licitación que apuntan a la renovación total de la flota de buses y a la reestructuración de los itinerarios en Asunción y el área metropolitana.
Tras la promulgación del documento, el jefe de Estado destacó el avance a través de sus canales oficiales. “Seguimos trabajando para que el transporte público sea cada vez mejor”, expresó el mandatario.
Esta nueva legislación busca fortalecer el rol rector del Estado sobre el transporte público terrestre de pasajeros, actualizando un marco legal que había quedado desfasado frente al acelerado crecimiento urbano y los constantes reclamos de la ciudadanía por un servicio digno.
Nuevas reglas de juego: Fideicomiso y Billetaje Interoperable
El decreto reglamentario no solo sienta las bases para las futuras licitaciones, sino que establece figuras financieras y operativas concretas para el nuevo sistema metropolitano. Entre los puntos más resaltantes se encuentran:
- Fideicomiso de financiamiento: Se establecen las finalidades y condiciones para la creación de un fideicomiso, herramienta clave que garantizará los fondos para sostener y financiar el nuevo modelo de transporte.
- Billetaje interoperable: Se dispone la interoperabilidad de los medios de pago dentro del Sistema Nacional de Cobro Electrónico del Pasaje, buscando facilitar la experiencia del usuario final.
- Mesa Técnica y Comité Estratégico: Se crea una Mesa Técnica de Articulación del Transporte Terrestre, que estará bajo la lupa del Viceministerio de Transporte, apoyada por un comité estratégico de movilidad sostenible.
Fin a las reguladas: El servicio pasa a ser “imprescindible”
Uno de los hitos jurídicos más importantes de esta reforma es que, por primera vez en la historia del país, la ley declara al transporte público de pasajeros como un servicio imprescindible. Esto significa que el Estado y los operadores tienen la obligación legal de garantizar su continuidad en todo momento, brindando una herramienta legal más fuerte para combatir las famosas “reguladas” que suelen dejar a pie a miles de trabajadores.
Un Área Metropolitana histórica y extendida
El documento también establece la revisión anual del área de cobertura del servicio, blanqueando el alcance real de lo que hoy se considera la zona de influencia de la capital. El nuevo sistema integrará a más de 30 ciudades, abarcando no solo el Departamento Central, sino extendiéndose hacia Presidente Hayes y Cordillera.
El servicio contempla formalmente como Área Metropolitana de Asunción a las siguientes localidades:
Asunción (Capital), Areguá, Benjamín Aceval, Capiatá, Fernando de la Mora, Guarambaré, Itá, Itauguá, José Falcón, J. Augusto Saldívar, Lambaré, Limpio, Luque, Mariano Roque Alonso, Nanawa, Nueva Asunción, Nueva Italia, Ñemby, San Antonio, San Lorenzo, Villa Elisa, Villa Hayes, Villeta, Ypacaraí, Ypané, Altos, Emboscada, Loma Grande, San Bernardino, Nueva Colombia, Atyrá, Tobatí y Caacupé.
Con la cancha ya marcada por este decreto, el Viceministerio de Transporte tiene ahora la tarea de acelerar los pliegos de bases y condiciones para llamar a las licitaciones que definirán a los futuros operadores del sistema.


