El documento fundamenta la necesidad de la reforma en los profundos cambios registrados desde la vigencia de la Ley N.º 220/93, tales como la digitalización de los procedimientos, el crecimiento sostenido del comercio internacional, la actualización permanente del marco regulatorio y la ampliación de las obligaciones profesionales, circunstancias que no han sido acompañadas por una revisión del régimen de honorarios ni de las condiciones de ejercicio.
Esta desactualización, señala el texto, ha derivado en distorsiones del mercado, prácticas irregulares y una progresiva pérdida de valoración del servicio profesional, afectando tanto a los prestadores como a la transparencia del sistema.
En respuesta a este escenario, la presente normativa establece honorarios mínimos obligatorios, define criterios objetivos de exigibilidad y cobro, regula las relaciones contractuales y excluye esquemas de subordinación que comprometan la independencia profesional del despachante.
Asimismo, incorpora disposiciones destinadas al fortalecimiento ético y disciplinario de la profesión, asignando al gremio un rol activo en la autorregulación, en coordinación con el Código Aduanero y las autoridades competentes.


