El presidente de la República Santiago Peña, promulgó la Ley que establece la rectoría del Estado sobre el transporte público terrestre, modificando y ampliando la Ley N° 1590/2000. La nueva legislación redefine el transporte como un servicio imprescindible, de prestación obligatoria y continua, con el objetivo de garantizar los derechos de los usuarios y fortalecer el control estatal sobre los operadores.
Peña enfatizó que la normativa busca aliviar la situación de millones de paraguayos que se trasladan diariamente “con cansancio, angustia y sin certezas”, modificando un régimen legal que permaneció inalterado por más de dos décadas.
La ley introduce modificaciones estructurales inmediatas en la fiscalización y operación del servicio. Entre los puntos más destacados se encuentran:
- Sanciones automáticas: El cumplimiento de horarios, recorridos y frecuencias es ahora una obligación legal. La norma establece multas económicas automáticas ante incumplimientos y la rescisión de concesiones en caso de reiteración.
- Integración tarifaria: Gracias al billetaje electrónico, se permitirá a los pasajeros realizar trasbordos sin pagar un pasaje completo nuevamente, accediendo a tarifas reducidas en trayectos sucesivos.
- Transparencia: Se obliga la publicación de datos abiertos sobre operaciones, subsidios y pagos, permitiendo el control ciudadano sobre el uso de fondos públicos.
Más allá de las sanciones, la ley plantea un rediseño logístico. El sistema se organizará mediante Unidades Funcionales y corredores troncales, cada uno con un plan de servicio único que definirá la flota y los estándares operativos.
De la misma forma, se descentraliza la planificación ya que la normativa habilita la creación de nuevas áreas metropolitanas en diversas regiones del país, extendiendo la regulación y planificación del transporte más allá del departamento Central para adaptarla a la realidad de cada territorio.


