La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de reforma de Ley que permitirá a las personas privadas de libertad con condena, salir antes de tiempo si participan activamente de los programas de rehabilitación y reinserción social, como estudiar o trabajar. El proyecto de ley que modifica varias disposiciones de la Ley N° 5162/14 ‘Código de Ejecución Penal para la República del Paraguay’, tiene como finalidad reforzar el principio de progresividad de la pena.
En términos más simples, la iniciativa sugiere que las personas privadas de libertad que participen en los referidos programas se les restará tiempo en sus respectivas condenas. ¿Quiénes serán los beneficiados? Podrán disfrutar de este beneficio, los internos condenados a una pena privativa de libertad mayor a tres años que se encuentren en el período de tratamiento, en un establecimiento cerrado ordinario o semiabierto, y que posean una conducta calificada como muy buena.
Régimen de redención ordinaria y requisitos de reducción de condenas
Los reclusos podrán beneficiarse del régimen de redención ordinaria, por el que se les resta un día de la condena por cada dos días que trabajan o estudian. Las personas que quieran acceder a este régimen cumplieran uno de los siguientes requisitos: completar la educación básica, realizan educación bilingüe para jóvenes y adultos, cursan educación media para jóvenes y adultos, obtienen un título universitario o reciben capacitación en oficios que el Ministerio de Justicia aprueba.
Asimismo, cuando las horas y los días de trabajo o estudio formen parte de una etapa o módulo completo, se aplicará la “redención extraordinaria”. El proyecto busca incentivar la capacitación y el empleo dentro de los recintos penitenciarios como una herramienta clave para la reinserción tras el cumplimiento de la pena.


