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Gobierno habilita a Paranair para operar vuelos internacionales por 10 años

El Poder Ejecutivo otorgó a Paranair la autorización para prestar servicios de transporte aéreo comercial, regular y no regular, tanto de pasajeros c…

| Por La Tribuna
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El Poder Ejecutivo otorgó a Paranair la autorización para prestar servicios de transporte aéreo comercial, regular y no regular, tanto de pasajeros como de carga y correo, por un periodo de diez años. La habilitación queda sujeta al cumplimiento de normativas aeronáuticas nacionales e internacionales, así como a la disponibilidad de rutas acordadas con otros países.

El Poder Ejecutivo autorizó a la empresa Compañía de Aviación Paraguaya S.A. (Paranair) a operar servicios de transporte aéreo comercial en modalidad internacional, permitiendo vuelos regulares y no regulares de pasajeros, carga y correo

La autorización tendrá vigencia por diez años y está condicionada al acceso a rutas internacionales previamente establecidas en tratados y convenios firmados por Paraguay con otros Estados.

El presidente Santiago Peña firmó el decreto Nº 5011, documento que formaliza la habilitación y fija las reglas bajo las cuales la aerolínea podrá desarrollar sus operaciones comerciales.

Según el decreto, la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) será la responsable de emitir el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (CESA) correspondiente, cumpliendo con las normativas técnicas vigentes.

La disposición señala que Paranair deberá operar únicamente con las aeronaves y condiciones especificadas en sus “OpSpecs” y conforme a lo establecido en su Manual de Operaciones.

También se establece que la compañía deberá ajustarse a todas las obligaciones contenidas en la Ley 1860/2002 y en las regulaciones aeronáuticas aplicables, tanto del ámbito nacional como internacional.

Asimismo, la empresa estará sujeta a controles técnicos, económicos y operativos por parte de la Dinac, que podrá realizar inspecciones y supervisiones cuando lo considere pertinente.

El decreto advierte que cualquier incumplimiento de las normas aeronáuticas podrá ser causal de suspensión, revocación o cancelación de la autorización y del CESA otorgado.

La norma dispone que la aerolínea podrá solicitar la renovación de su habilitación 120 días antes de su vencimiento, siempre que demuestre haber cumplido con los estándares exigidos.

La autorización no implica ningún tipo de exclusividad para Paranair, por lo que otras compañías pueden utilizar las mismas rutas, aeródromos y servicios de navegación aérea.

Con la emisión del nuevo CESA, quedará sin efecto el Decreto Nº 4648 del 30 de septiembre de 2025, que regulaba la operación de la aerolínea hasta la fecha.

En los considerandos, el Ejecutivo menciona que la Dinac informó que Paranair cuenta con la capacidad técnica, organizacional y operativa para llevar adelante sus servicios sin comprometer la seguridad aérea, y que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional dictaminó a favor de la autorización.

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