TSJE refuerza reglas y controles antes de cierre de alianzas

Claridad normativa ante cierres de alianzas y exigencias del calendario electoral

| Por La Tribuna
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En ese sentido, reiteró que el plazo para inscribir alianzas vence el 15 de diciembre, fecha en la que no solo debe presentarse formalmente la coalición, sino también determinar de qué partido surgirá el precandidato a la intendencia, requisito indispensable para que la alianza sea válida.

Explicó que si la oposición no logra unificar la postulación, se deberán inscribir dos alianzas distintas, dado que la ley no permite que dos candidaturas compitan dentro de un mismo acuerdo ni que una coalición se presente sin un representante único.

La fecha límite opera como un mecanismo de seguridad jurídica que evita conflictos posteriores en el cronograma electoral y asegura la transparencia del proceso.

El contexto adquiere relevancia en un escenario político donde aún no hay consenso entre los sectores que respaldan a Johanna Ortega y los que apoyan a Soledad Núñez. La normativa también establece que los movimientos, como Alternativa Asunción, no pueden formar alianzas por sí solos, por lo que cualquier candidatura deberá ser absorbida por un partido habilitado, entre ellos el PLRA.

Esto significa que las negociaciones no solo deben cerrar formalmente la alianza, sino también definir la filiación partidaria del precandidato que represente a la coalición.

Ruiz Díaz recordó además que, junto con la definición de la candidatura, las alianzas deben acordar cómo se distribuirá el subsidio electoral, lo que agrega un componente adicional de negociación entre los actores. En caso de que se registren dos alianzas, la única alternativa legal será un pacto posterior que implique la renuncia de una de ellas para apoyar a la otra antes de las elecciones generales, garantizando que solo un candidato represente la unidad opositora ante el electorado.

Postura firme frente a inconductas internas

En paralelo, Ruiz Díaz reafirmó la decisión del TSJE de aplicar una política de cero tolerancia ante inconductas de funcionarios electorales.

Citó los casos recientes de César Ortega González, funcionario permanente con diez años de servicio, y Nubia Asunción Casartelli Oreggioni, contratada, quienes incurrieron en actos de parcialidad durante la jornada electoral del 9 de noviembre en Ciudad del Este.

Ortega fue apartado preventivamente tras comprobarse su ausencia en su oficina de Caaguazú y su presencia en locales de votación de Ciudad del Este, portando una credencial de “observador electoral” que la institución no había emitido.

Casartelli captada haciendo loas a un candidato mientras vestía uniforme electoral, fue desvinculada inmediatamente. Ruiz Díaz enfatizó que las sanciones, dependiendo de la gravedad de la falta y de reincidencias, podrían incluir suspensión o destitución, y que los procedimientos buscan garantizar imparcialidad, transparencia y legitimidad en todo el proceso electoral.

Imparcialidad y cumplimiento como eje institucional

El director subrayó que estas medidas disciplinarias no interfieren en las definiciones partidarias, sino que refuerzan la confianza pública en la Justicia Electoral. Según Ruiz Díaz, el cumplimiento estricto de la normativa y la vigilancia sobre la conducta de los funcionarios son esenciales para preservar la integridad de las elecciones municipales y generales, especialmente en un año clave para las definiciones de alianzas y candidaturas.

Presión del calendario y definición política

Con las internas simultáneas previstas para el 7 de junio y las elecciones generales para el 4 de octubre, el calendario electoral impone tiempos acotados para cerrar acuerdos, resolver discrepancias y consolidar candidaturas únicas.

El 15 de diciembre es el límite para que las alianzas presenten oficialmente su estructura, definan de qué partido surgirá el precandidato a la intendencia y acuerden la distribución de subsidios.

Ruiz Díaz concluyó que la coherencia entre la aplicación de normas a los partidos y a los funcionarios es clave para sostener la credibilidad del sistema electoral. La Justicia Electoral, dijo, actúa con firmeza y transparencia, tanto para garantizar la neutralidad interna como para asegurar que los actores políticos cumplan con los requisitos legales, asegurando que la unidad opositora se exprese de manera clara y organizada ante la ciudadanía.

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