Proponen sancionar con cárcel los matrimonios con menores de edad

El diputado Daniel Centurión presentó un proyecto para tipificar el matrimonio infantil en el Código Penal, con penas de hasta 5 años para funcionarios y adultos involucrados.

| Por La Tribuna
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Los diputados deberán analizar la propuesta en comisión y luego debatir en el pleno.

El diputado nacional Daniel Centurión (ANR-Capital) presentó un proyecto de ley que busca incorporar el artículo 224 b al Código Penal (Ley Nº 1160/1997), a fin de establecer sanciones penales por la celebración dolosa de matrimonios prohibidos por la legislación civil cuando intervengan personas menores de 18 años.

La iniciativa legislativa argumenta la necesidad de reforzar la protección constitucional de niños, niñas y adolescentes ante la explotación y la coacción, acotando la intervención penal a las conductas más graves y vinculadas de forma directa a la celebración del acto.

Tipificación y penas para los responsables

La propuesta plantea una gradación de penas privativas de libertad de acuerdo con el grado de responsabilidad:

Hasta 5 años de cárcel para funcionarios públicos: Alcanzará al oficial del Registro Civil u otra autoridad que, dentro de su competencia, autorice o celebre a sabiendas un matrimonio prohibido con un menor de edad.

Hasta 3 años de cárcel o multa para el adulto contrayente: Aplicable al mayor de edad que formalice el enlace sabiendo de la minoría de edad de la otra persona.

Hasta 3 años de cárcel o multa para tutores o guardadores: Sancionará a quienes ejerzan la representación legal o patria potestad y realicen actos concretos de promoción, organización o facilitación causal directa del matrimonio.

Asimismo, el texto establece una agravante de hasta la mitad de la pena cuando la conducta se ejecute mediante violencia, amenaza grave o coacción.

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Criterios de exclusión y protección al menor

El proyecto excluye expresamente de responsabilidad penal a los menores de 18 años por su participación en el acto. Tampoco se tipificarán por sí solas las relaciones afectivas, la convivencia, el embarazo ni la mera presencia o asistencia familiar.

Esta iniciativa se suma al reciente avance en la Cámara de Diputados, que otorgó media sanción a la modificación del artículo 17 del Código Civil para eliminar de forma absoluta las excepciones legales que permitían el matrimonio antes de los 18 años, prohibiendo la unión infantil incluso con autorización judicial o parental.

El documento deberá ser analizado por las comisiones dictaminadoras antes de su inclusión en el orden del día del pleno.

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