La normativa, impulsada por el senador colorado Derlis Osorio, establece un régimen de sanciones a cargo de la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco) que contempla multas del 20 por ciento sobre el valor del documento en caso de retención indebida, quedando la propuesta a un paso del Poder Ejecutivo para su promulgación.
Protección al consumidor y régimen sancionador
El proyecto de ley busca cerrar vacíos operativos y proteger a los ciudadanos ante cobros indebidos o retención injustificada de títulos de crédito.
La normativa establece que el acreedor estará forzado por ley a devolver los pagarés a la orden en el mismo acto en que el deudor efectúe la cancelación total del saldo.
Además, la Secretaría de Defensa del Consumidor (Sedeco) será la autoridad de aplicación encargada de sancionar con una multa equivalente al 20% del valor del pagaré al acreedor que no cumpla con la restitución.
El pleno del Senado aceptó la versión de la Cámara Baja, la cual simplificó la redacción final para evitar duplicidades con el Código Civil paraguayo.
Denuncia falsa
Por otro lado, los senadores aprobaron con modificaciones el proyecto de ley que modifica el artículo 289 del Código Penal, relativo a la denuncia falsa.
La iniciativa, impulsada originalmente por el diputado Yamil Esgaib, busca castigar el uso doloso de los mecanismos judiciales y proteger a las víctimas de acusaciones infundadas.
La principal actualización aprobada establece como agravante que la falsa denuncia refiera a un hecho considerado crimen, en cuyo caso la pena privativa de libertad podrá elevarse hasta los seis años.
El documento vuelve a la Cámara de Diputados para su correspondiente estudio.
Lea más: Exjuez va a juicio en causa “mafia de los pagarés” - La Tribuna


