Ante este escenario, en Paraguay existe hace tiempo un debate pendiente: ¿Qué entendemos realmente por derecho a la educación?
La Ley Nº 1264, en su artículo 1, establece que “todo habitante de la República tiene derecho a una educación integral y permanente, que se realizará en el contexto de la cultura de la comunidad”. No obstante, entre las sucesivas administraciones, los cambios de enfoque y las influencias internacionales, la discusión de fondo sigue sin resolverse.
A nivel global y local, la educación ha atravesado múltiples etapas. Una de las transformaciones más significativas fue concebirla ya no como un servicio sujeto al poder adquisitivo, a la cultura familiar o a la voluntad del gobierno de turno, sino como un derecho universal, inalienable y exigible.
En Paraguay, este cambio conceptual se inicia formalmente en 1992, pero se nutre de debates, pactos y recomendaciones internacionales que buscaban justamente lo contrario de lo que hoy vivimos: que el acceso no dependa de las circunstancias, sino que esté garantizado para todos.
Las 4A del derecho a la educación
Para evaluar si un país garantiza este derecho, la relatora de la ONU Karina Tomasevski propuso en 1998 un marco conocido como las 4A, que ordena las obligaciones del Estado y permite medir avances y retrocesos. Aun con la amplia cobertura que tiene Paraguay, estas categorías evidencian que el desafío es mucho más profundo.
1. Asequibilidad: La educación debe ser gratuita —incluyendo uniformes, materiales, útiles y recursos necesarios— y contar con infraestructura adecuada y docentes preparados.
2. Accesibilidad: El sistema debe ser accesible para todos, sin discriminación. Esto implica avanzar hacia una educación inclusiva, dejando atrás modelos meramente integradores que no transforman estructuras.
3. Aceptabilidad: El contenido educativo debe ser pertinente, culturalmente adecuado y de calidad. Las escuelas deben ser seguras y contar con docentes formados profesionalmente.
4. Adaptabilidad: La educación debe poder responder a los cambios sociales, a las necesidades de cada comunidad y a las particularidades de cada estudiante, reduciendo desigualdades en lugar de profundizarlas.
Cada A tiene indicadores específicos, que no detallo aquí para no extenderme; sin embargo, basta con mirarlas para reconocer una realidad incómoda: en Paraguay, el derecho a la educación no se garantiza plenamente ni en las escuelas ni en los hogares.
Si observamos especialmente a los niños menores de cinco años, la situación se vuelve aún más evidente. Como sociedad, no estamos preparados para ofrecer entornos educativos desde el nacimiento, y eso tiene consecuencias profundas en el desarrollo, la equidad y la movilidad social.
Salir a la calle y ver carteles de cigarrillos, alcohol o sexualización de la mujer; encender el noticiero del mediodía en horario de “protección al menor”, o simplemente observar la falta de espacios adecuados para la crianza, muestra que no solo el sistema educativo está lejos de garantizar este derecho: también lo estamos todos como sociedad.
Garantizar el derecho a la educación no es solo abrir escuelas. Es revisar nuestros valores, nuestras políticas, nuestros entornos y nuestras prioridades.
Un país no avanza por inercia; avanza porque decide educarse.


