Auditoría Interna del IPS realizó una verificación aleatoria de las obras pagadas con los fondos del fideicomiso y detectó pagos por trabajos no ejecutados por G. 1.415 millones. Peor aún, la dependencia de fiscalización advierte igualmente que las posteriores rectificaciones no restituyeron los recursos al fideicomiso.
El hallazgo expone las debilidades del sistema de control sobre los fondos administrados mediante el contrato por parte del banco Atlas, en el que fueron destinados G. 828.800 millones (USD 150 millones) del aporte de trabajadores y empleadores.
Auditoría Interna de la previsional, en apenas una porción de la cantidad de obras financiadas, desnuda una situación particularmente grave, ya que se certificaron y pagaron trabajos que, al momento de la verificación, no habían sido ejecutados.
El hallazgo no es menor. El informe concluye que existió una diferencia de G. 1.415.826.247 entre los trabajos certificados y aquellos efectivamente realizados.
Es decir, fondos del fideicomiso fueron desembolsados pese a que las obras correspondientes no estaban materializadas en la proporción certificada.
La propia Auditoría Interna deja constancia de que la situación fue detectada al verificar la ejecución efectiva de las obras abonadas con recursos del fideicomiso, correspondientes a las Actas de Recepción Provisoria Nº 1 al Nº 9, dentro de la Licitación Pública Nacional SBE 72/22.
El informe identifica diferencias en cinco establecimientos asistenciales. La suma configura un agujero de más de G. 1.400 millones entre lo que se certificó y lo que efectivamente estaba ejecutado.
El problema no fue solamente la obra, fue el control
Uno de los aspectos más contundentes del documento es que los responsables que certificaron o rubricaron las actas posteriormente señalaron que habían solicitado rectificaciones. Sin embargo, la propia Dirección de Mantenimiento reconoció que esas rectificaciones se encontraban consignadas en actas posteriores.
La Auditoría Interna formula entonces una observación crucial: “Descontar posteriormente los trabajos no realizados mediante futuras Actas de Recepción Provisorias no implica que el dinero pagado originalmente haya retornado al Fondo de Fideicomiso”.
En otras palabras, el mecanismo utilizado para corregir documentalmente la situación no necesariamente reparó el perjuicio financiero ocasionado al fondo.
La conclusión del informe es todavía más reveladora señalando que de no haberse realizado esos pagos, se podría haber avanzado en otras obras o trabajos, considerando que posteriormente ya no se contaba con fondos suficientes dentro del contrato de fideicomiso.
Aquí aparece el verdadero núcleo del problema. No se trata únicamente de una diferencia contable o de una deficiencia administrativa. Se trata de recursos que debían ser destinados a infraestructura sanitaria que fueron comprometidos y desembolsados sin que existiera correspondencia plena entre el certificado y la obra ejecutada.
Y cuando esos recursos pertenecen a un fideicomiso alimentado con fondos vinculados al sistema previsional, la cuestión adquiere una dimensión mucho más delicada.
Certificar primero y controlar después
El documento también señala que las rectificaciones fueron solicitadas con posterioridad al inicio de las verificaciones in situ realizadas por Auditoría Interna el 6 de junio del 2024. Las solicitudes de rectificación, según el informe, fueron formuladas el 24 de junio.
La secuencia resulta especialmente preocupante. Primero se pagaron y certificaron trabajos; posteriormente se detectaron inconsistencias y finalmente se intentó corregirlas mediante actas posteriores.
La Auditoría Interna además constató que no se cumplió con lo establecido en las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones respecto de la obligación de realizar registros fotográficos secuenciales –antes, durante y después– de la ejecución de las obras.
Ese requisito no era un detalle burocrático. Constituye precisamente uno de los mecanismos destinados a demostrar que una obra fue efectivamente ejecutada y a establecer su avance.
Por ello, Auditoría recomendó hacer cumplir las especificaciones técnicas y que las Actas de Recepción sean firmadas en los propios centros asistenciales donde se realizaron los trabajos, incorporando además la conformidad de los responsables de cada establecimiento.
La finalidad era establecer un mecanismo de control interno que asegure documentación respaldatoria confiable y precisa.
El fiduciario frente a un sistema vulnerable
El hallazgo vuelve a colocar bajo discusión la responsabilidad que corresponde a cada uno de los actores que intervienen en el fideicomiso. Si los recursos fueron desembolsados con base en certificaciones que posteriormente resultaron incompatibles con la realidad física de las obras, la pregunta inevitable es quién debía controlar que el dinero saliera únicamente cuando el trabajo estuviera efectivamente realizado y debidamente acreditado.
La cuestión es especialmente sensible porque el fideicomiso no administra dinero privado ordinario, maneja recursos vinculados al patrimonio previsional de los trabajadores y jubilados del IPS.
El documento de Auditoría Interna llega incluso a señalar que, considerando la existencia de la Causa Penal Nº 13/2024, relacionada con la suscripción del contrato de fideicomiso y el destino de los fondos, la Dirección Jurídica debería evaluar la pertinencia de remitir el informe al Ministerio Público.
La advertencia institucional es contundente. La falta de controles abrió la puerta al despilfarro de los fondos jubilatorios. El caso documentado por Auditoría Interna demuestra que el problema no necesariamente empieza cuando desaparece el dinero, sino que puede comenzar mucho antes, cuando se relajan los mecanismos que deben impedir que un pago sea autorizado sin que exista una obra ejecutada que lo respalde.
Por la naturaleza del contrato entre el IPS y el banco Atlas, el fiduciario no puede ignorar sus responsabilidad en la administración de los recursos que, en este caso, son muy caros a los intereses de los trabajadores.


