El banco Atlas nunca demostró el origen del “Punto 5” en fideicomiso

El informe de Auditoría Interna del IPS sobre el fideicomiso con el banco Atlas revela, entre otras irregularidades, la imposibilidad del fiduciario de determinar el origen del polémico “Punto 5”, una disposición incorporada al contrato a última hora que terminó desnaturalizando el acuerdo por el que se invirtieron G. 828.800 millones de fondos jubilatorios.

| Por La Tribuna
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El documento corresponde a la proforma de contrato del fideicomiso que el banco Atlas remitió al IPS con la inclusión del “Punto 5”. El banco nunca pudo demostrar de dónde surgió la inclusión.

El informe, de 390 páginas, sostiene que, durante el proceso de verificación, Auditoría Interna solicitó expresamente al banco Atlas la documentación que demuestre cómo se originó la inclusión del “Punto 5: Otros centros de salud”, quién lo propuso y cuál fue el respaldo técnico o jurídico que motivó su incorporación al contrato de fideicomiso.

Recordemos que el expresidente del IPS Benigno López, en un intento más bien por defender la gestión del ente fiduciario, aseguró que conocía perfectamente la inclusión del “Punto 5” y que el mismo fue aprobado por el propio Consejo de Administración de la previsional.

Sin embargo, en el punto H.3 (fojas 98 al 123) “Inconsistencias observadas con relación a la inclusión del Punto 5 ‘Otros centros de salud’...” el equipo auditor realiza una cronología exacta de las resoluciones relacionadas a la aprobación del contrato de fideicomiso con el banco Atlas.

Señala que en fecha 22/08/2017, por resolución del consejo de administración (RCA) Nº 058-018/17, se autoriza la constitución del fideicomiso. En dicha resolución se asienta que en la proforma de contrato de fideicomiso y no se visualizaba “Otros centros de salud”.

Posteriormente, en fecha 21/09/2017 se aprueba la RCA Nº 067-030/17 por la que se modifican las cláusulas Segunda, Novena, Décima, Décimo Sexta, y Décimo Séptima. Una vez más, puede observarse que no se encontraba establecido en la proforma del contrato ya modificado, el polémico “Punto 5”. Más adelante, en fecha 12/12/2017 por RCA Nº 089-020/17 se autorizó al Presidente del Consejo de Administración del IPS (en ese momento Benigno López) a suscribir el Contrato de Fideicomiso de Titularización con el banco Atlas. Aquí recién, en la proforma del contrato puede observarse la inclusión del Inciso d) en el punto 2.4 de la Cláusula Segunda “Objeto y finalidad del contrato” y se agrega el “Punto 5: Otros centros de salud”.

Sin embargo –agrega el informe de auditoría– dicha inclusión no fue autorizada por la RCA Nº 067-030/17. Por tal motivo, el equipo auditor solicitó a la Gerencia Administrativa y Financiera la Nota Interna GF/DTE/Nº 568/17 de fecha 11/12/2017 en la que se eleva al Consejo de Administración la propuesta de Resolución y el Expediente Nº 059113/2017 remitido por el banco Atlas. También solicitan el Expediente Nº 059113/2017 de fecha 07/12/2017, presentado por el banco Atlas en la que remite su Nota BAU/UNF Nº 1048/17 y la Resolución SB. SG. Nº0129/2017, Proforma de Contrato y Anexos del I al VII.

Y es en la proforma remitida por el banco Atlas para su correspondiente aprobación por parte del Consejo de Administración del IPS donde se encuentra incluído el “Punto 5: Otros centros de salud”.

Por tal motivo, esta Auditoría, por medio de la Nota GAF/DTE/Nº 751/2024 de fecha 13/08/2024, solicitó al banco Atlas lo siguiente: En relación a las proformas remitidas al IPS por Nota BA/UNF/Nº 104/17 de fecha 6 de diciembre del 2017, remitir el documento por el cual el Instituto de Previsión Social remitió la Proforma de Contrato al banco Atlas a fin de que la misma sea autorizada por la Superintendencia de Bancos (según lo expuesto en la nota Nota BA/UNF/Nº 104/17) y posterior remisión al IPS para su aprobación.

Como respuesta, el banco Atlas a través de la Nota BA UNF Nº 0762/24 de fecha 22/08/2024 informó lo siguiente: …Por otra parte adjuntamos copia de la Nota GAF/Nº 977/2017 de fecha 26 de septiembre del 2017. En virtud de la mencionada nota, el IPS había autorizado al banco Atlas a iniciar los trámites ante la Superintendencia de Bancos para avanzar con la constitución del fideicomiso, adjuntando las proformas iniciales del contrato de fideicomiso.

Pero en esa proforma, tampoco se visualizó el “Punto 5: Otros centros de salud”.

A raíz de esto, la Auditoría por medio de la Nota PR Nº 0768/2024 de fecha 02/09/2024, vuelve a solicitar al banco Atlas lo siguiente: En relación de las proformas cursadas al IPS por Nota BA/UNF/Nº 104/17 de fecha 6 de diciembre del 2017, enviar el documento por el cual el Instituto de Previsión Social remitió la proforma de contrato al banco Atlas a fin de que la misma sea autorizada por la Superintendencia de Bancos (según lo expuesto en la Nota BA/UNF/Nº 104/17 y posterior remisión al IPS para su aprobación final.

Como respuesta, el banco Atlas, a través de la Nota BA UNF Nº 0762/24 de fecha 22/08/2024 informó lo siguiente: …Que por otra parte, en cuanto al documento por el cual el IPS remitió la proforma del contrato de fideicomiso al banco Atlas a fin de que la misma sea autorizada por la Superintendencia de Bancos, es importante señalar que, el mencionado documento ya fue remitido por Nota BA UNF Nº 0762/24 de fecha 22 de agosto del 2024 y recibida por la Auditoría Interna del IPS en fecha 22 de agosto del 2024…

“Con base a lo expuesto anteriormente y las documentaciones recabadas, se verifica que la proforma que contiene el Punto 5 ‘Otros Centros de Salud’ no fue remitida por el Instituto de Previsión Social al banco Atlas para su respectiva aprobación por parte de la Superintendencia de Bancos, sin embargo, al momento de ser enviada al IPS por el banco Atlas, como Expediente Nº 059113/2017 de fecha 7/12/2017 en el que constaba la proforma de contrato que finalmente fue suscrita se encontraba incluido el Punto 5 ‘Otros Centros de Salud’”, señala textualmente el informe de Auditoría Interna.

Finalmente, la Auditoría menciona que solicitó al Ministerio Público –Delitos Económicos– diligenciar los oficios necesarios para esclarecer el hecho.

Es importante recordar que para Auditoría Interna del IPS, el “Punto 5: Otros centros de salud” fue el detonante del descalabro financiero del contrato de fideicomiso y el posible desvío de multimillonarios fondos de los aportes obrero-patronal administrados por el banco Atlas.

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