El Poder Ejecutivo firmó el Decreto Nº 6225, por el cual se dispone formalmente el reajuste de los sueldos y jornales mínimos de los trabajadores del sector privado.
El martes, Peña anunció un incremento del 5% en el salario mínimo, fijando un ajuste que duplica el porcentaje arrojado por la fórmula de cálculo tradicional basada en la inflación acumulada. Fue durante la presentación de su informe de gestión ante la Junta de Gobierno del Partido Colorado.
La normativa legal establece las nuevas bases salariales que regularán las actividades laborales a nivel país a partir del próximo mes.
El nuevo salario mínimo legal para actividades diversas no especificadas entrará en vigencia a partir del 1 de julio del 2026.
El monto neto mensual quedó fijado en la suma de tres G. 3.044.000.
Por su parte, el jornal mínimo para el sector privado se estableció en la suma de G. 117.077, valores calculados de conformidad con el porcentaje de reajuste determinado por la máxima instancia del Ejecutivo.
El documento oficial autoriza de forma expresa al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) a reglamentar los salarios mínimos correspondientes a las actividades diversas que sí están especificadas.
De igual manera, la cartera laboral será la encargada de publicar el reajuste salarial dispuesto, siguiendo las normativas y disposiciones legalmente aplicables para el efecto.


