En esta quinta entrega de la serie “Candados constitucionales para la estabilidad fiscal del Paraguay”, hacemos el análisis de la comparación Paraguay-Chile: deuda y reglas fiscales.
En un contexto regional donde la mayoría de los países latinoamericanos lidian con presiones fiscales crecientes y ratios de deuda que superan el 60% del PIB, tanto nuestro país como Chile mantienen niveles de endeudamiento público notablemente moderados y muy similares.
Al cierre de 2025, la deuda pública total de nuestra nación alcanzó los 20.409 millones de dólares, equivalente al 41,2% del producto interno bruto, según datos consolidados del Ministerio de Economía y Finanzas.
En Chile, la deuda bruta del Gobierno Central cerró el ejercicio en torno al 41,7% del PIB, de acuerdo con los informes preliminares de la Dirección de Presupuestos. Estos guarismos, casi idénticos y muy por debajo del promedio latinoamericano, podrían sugerir perfiles de riesgo soberano equiparables.
Sin embargo, la sostenibilidad de la deuda no se mide únicamente por el stock acumulado, sino por la calidad de los marcos institucionales que gobiernan su trayectoria y por la capacidad real de resistir shocks externos. Y es precisamente en ese terreno institucional donde las diferencias resultan decisivas.
La regla fiscal de nuestro país, consagrada en la Ley de Responsabilidad Fiscal de 2013, es de carácter nominal y relativamente sencilla. Establece un techo de déficit para la Administración Central del 1,5% del PIB y limita el crecimiento real del gasto corriente primario a la inflación más cuatro puntos porcentuales. Estas anclas son útiles para contener impulsos expansivos en años de bonanza, pero tienen una limitación estructural clave: son suspendibles por ley simple en casos de emergencia nacional o crisis internacional, como ocurrió durante la pandemia de 2020.
En la práctica, el cumplimiento depende en gran medida de la voluntad política del Ejecutivo y del respaldo de la mayoría legislativa. En 2025 el déficit fiscal de nuestro país cerró cerca del 2% del PIB, por encima del techo legal, aunque el Gobierno ha anunciado convergencia para 2026.
La ausencia de un mecanismo automático de corrección y de un ente técnico independiente que valide proyecciones macroeconómicas hace que el marco sea vulnerable a decisiones discrecionales. Chile, en cambio, aplica desde 2001 una regla fiscal estructural que representa uno de los avances institucionales más sofisticados de la región, perfeccionada en 2006 y complementada desde 2022 con un límite explícito de deuda.
El corazón de este esquema es el balance estructural o balance cíclicamente ajustado. Este indicador corrige los ingresos fiscales por dos variables fundamentales: el ciclo económico, a través del cálculo de un PIB potencial estimado por un panel de expertos independientes, y el precio de referencia del cobre, principal commodity de exportación chilena, también determinado por un comité técnico autónomo.
De esta manera, el gasto público se programa únicamente sobre la base de ingresos “permanentes” o estructurales, y no sobre ingresos coyunturales volátiles. Cuando el cobre está alto o la economía crece por encima de su potencial, se acumulan superávits estructurales que alimentan fondos soberanos; cuando los precios caen o la actividad se frena, se permite un déficit controlado sin que ello implique violación de la regla.
Desde 2022 opera una regla dual que combina este balance estructural con un techo prudente de deuda bruta cercano al 45% del PIB. Además, un Consejo Fiscal Asesor integrado por economistas de reconocido prestigio y totalmente independientes valida todas las estimaciones técnicas, eliminando casi por completo la discrecionalidad política y blindando la credibilidad del marco ante los mercados.
Esta mayor rigidez institucional permite a Chile una política fiscal genuinamente contra cíclica. En años de auge acumula colchones financieros que luego se utilizan en recesiones sin necesidad de suspender la norma ni de generar incertidumbre. Nosotros, con nuestra regla nominal más flexible pero también más dependiente de la voluntad del gobierno de turno, tendemos a comportarnos de manera procíclica, pues en años buenos por precios altos de soja o energía hidráulica expandimos el gasto, y en años malos afectados por sequías o caídas de commodities recurrimos a ajustes abruptos o a la suspensión temporal de la ley.
Si nuestro país decidiera incorporar elementos de la regla estructural chilena y transitar hacia un balance estructural adaptado a nuestra realidad agroexportadora, los beneficios serían sustanciales y concretos.
En primer lugar, se incorporaría automáticamente el ciclo de la soja, la carne y la energía en las proyecciones fiscales, permitiendo ahorrar en años de precios elevados y sequías moderadas para disponer de recursos en años de estrés climático sin violar la regla ni generar pánico en los mercados. En segundo lugar, la creación de un Consejo Fiscal Independiente con mandato técnico reduciría drásticamente el riesgo de que cada nuevo gobierno modifique las metas según conveniencia política, elevando la credibilidad institucional y bajando los spreads soberanos que hoy encarecen el endeudamiento externo de nuestra nación.
En tercer lugar, se abriría espacio fiscal genuino para financiar inversión pública de largo plazo en infraestructura, educación y capital humano sin comprometer la sostenibilidad, porque el ajuste se haría sobre ingresos permanentes y no sobre ingresos transitorios.
Finalmente, la regla estructural actuaría como un verdadero candado constitucional contra la tentación procíclica, similar a lo que ya ocurre en Chile, donde ha permitido mantener calificaciones crediticias en el rango A y costos de financiamiento significativamente menores. Desde el punto de vista técnico, la sostenibilidad de la deuda se evalúa no solo por el ratio deuda/PIB, sino por el perfil de vencimientos, el costo promedio de financiamiento y la trayectoria esperada bajo escenarios de estrés.
Nuestro país tiene espacio fiscal razonable —el FMI considera manejable un rango entre 30% y 45% del PIB—, pero la calidad institucional determinará la pendiente de esa trayectoria. Chile ha demostrado que una regla estructural bien diseñada no es un corsé que ahoga el crecimiento, sino un activo intangible que reduce el riesgo país, amplía el margen para políticas contra cíclicas y genera confianza duradera entre inversores.
Nosotros contamos con fortalezas estructurales envidiables: baja deuda relativa, crecimiento potencial elevado y una tradición de prudencia macroeconómica. Incorporar elementos de la institucionalidad chilena —un balance estructural ajustado al ciclo agrícola, un consejo fiscal autónomo y eventualmente un fondo soberano contra cíclico— no implicaría copiar mecánicamente un modelo ajeno, sino fortalecer nuestros propios candados constitucionales para la estabilidad fiscal.
La experiencia comparada entre estos dos países demuestra una lección central en finanzas públicas modernas: las reglas más efectivas no son necesariamente las más rígidas en el papel, sino aquellas que combinan anclas claras con mecanismos técnicos que limiten la discrecionalidad y generen credibilidad ante los mercados. Mientras los números de deuda se parezcan, la calidad de las instituciones fiscales determinará quién navega mejor las tormentas económicas del futuro. Fortalecer nuestra arquitectura fiscal con candados constitucionales inspirados en la mejor práctica regional no es un lujo académico; es la mejor garantía de sostenibilidad, de menor costo de endeudamiento y de mayor espacio para las inversiones que nuestra nación del siglo XXI necesita.
(*) Economista, analista de La Tribuna y asesor económico del presidente de El Salvador Nayib Bukele.


