Economía

Nuevo Código redefine reglas para créditos, redes y compras masivas

El anteproyecto del Código de Defensa del Consumidor busca actualizar la Ley N° 1.334/98 y adaptar las reglas a un mercado atravesado por el crédito digital, la publicidad en redes sociales, las compras masivas y nuevas formas de contratación.

| Por La Tribuna
El anteproyecto busca actualizar las reglas de consumo frente al avance del crédito digital, las redes sociales y las nuevas formas de comercio.

El anteproyecto del nuevo Código de Defensa del Consumidor avanza hacia su etapa final de análisis con un objetivo central: modernizar una normativa que quedó corta frente a los cambios del mercado, el comercio digital, el crédito online, la publicidad en redes sociales y el crecimiento de las operaciones de consumo masivo. La propuesta apunta a reemplazar y actualizar la Ley N° 1.334/98, vigente desde hace más de dos décadas.

El documento, impulsado desde la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco), incorpora nuevas figuras y obligaciones para empresas, entidades financieras, comercios, plataformas digitales y también para quienes promocionan productos o servicios en redes sociales. La intención es ampliar el alcance de la protección al consumidor, pero también ordenar las responsabilidades dentro de una economía donde las decisiones de compra se toman cada vez más desde el celular.

Uno de los puntos más relevantes es la incorporación del concepto de préstamo responsable. Con esta figura, el anteproyecto busca reducir los riesgos de sobreendeudamiento y evitar que los consumidores accedan a créditos sin información suficiente sobre tasas, costos, plazos, condiciones y consecuencias de incumplimiento. En la práctica, el cambio apunta a que las entidades financieras y comerciales asuman una mayor responsabilidad al momento de ofrecer financiamiento.

Este punto resulta clave en un mercado donde el acceso al crédito se volvió más rápido, digital y masivo, pero no siempre acompañado de información clara para el usuario. La propuesta busca equilibrar la relación entre proveedor y consumidor, especialmente en operaciones donde existe una fuerte asimetría informativa y donde una mala decisión financiera puede afectar durante años la economía familiar.

La propuesta también pone el foco en la publicidad digital. Los creadores de contenido, influencers o personas con visibilidad pública que promocionen productos o servicios deberán aclarar cuando se trate de una acción publicitaria. Si no identifican de forma clara al proveedor o no transparentan que existe una relación comercial, podrían ser alcanzados por las reglas de responsabilidad previstas en el nuevo código.

Este punto marca un cambio importante para el ecosistema de redes sociales, donde las recomendaciones comerciales ganaron peso en rubros como moda, tecnología, alimentos, servicios financieros, cosmética y turismo. El objetivo es que el consumidor pueda diferenciar una opinión personal de una promoción pagada o vinculada a una marca, en un escenario donde muchas decisiones de compra se toman a partir de contenidos publicados en plataformas digitales.

Otro eje del anteproyecto se relaciona con las compras de alto volumen, como las que se realizan en supermercados y comercios de consumo masivo. La iniciativa busca fortalecer la información al consumidor, evitar precios engañosos, ordenar la publicidad de ofertas y garantizar mecanismos más claros de reclamo ante diferencias entre lo anunciado y lo efectivamente cobrado.

En ese sentido, el nuevo marco apunta a reforzar la transparencia en góndolas, promociones, descuentos y campañas comerciales. Para el consumidor, esto significaría contar con mayor respaldo frente a situaciones habituales, como precios distintos entre la exhibición y la caja, promociones poco claras o condiciones de compra que no fueron informadas adecuadamente.

La digitalización de los servicios también aparece entre los cambios centrales. El nuevo código plantea la necesidad de que los consumidores puedan rescindir contratos por el mismo canal por el cual fueron contratados. Es decir, si un servicio fue adquirido de manera electrónica, la baja también debería poder gestionarse por medios digitales, sin exigir trámites presenciales innecesarios.

Esta modificación busca corregir una de las principales quejas de los usuarios: la facilidad para contratar un servicio frente a la dificultad para cancelarlo. Con la nueva regla, las empresas deberán adaptar sus canales de atención, mejorar sus procedimientos internos y garantizar respuestas más ágiles ante pedidos de baja, reclamos o consultas.

El anteproyecto además incorpora disposiciones vinculadas a títulos de crédito en relaciones de consumo, en un contexto marcado por reclamos ciudadanos sobre pagarés, deudas y procedimientos judiciales. La propuesta apunta a exigir mayor claridad documental y reducir espacios de abuso en operaciones donde el consumidor suele estar en una posición de menor información.

De aprobarse, el nuevo Código de Defensa del Consumidor tendría impacto directo en bancos, financieras, casas comerciales, supermercados, plataformas digitales, proveedores de servicios y creadores de contenido. Para las empresas, el desafío será adaptar sus procesos comerciales, publicitarios y de atención al cliente a una regulación más exigente. Para los consumidores, el cambio promete mayor protección, información más clara y mejores herramientas de reclamo.

La ciudadanía puede acceder al documento del anteproyecto y presentar sugerencias antes de la redacción final del texto, en el marco del proceso de socialización impulsado por las autoridades. Con ello, el país se encamina hacia una actualización normativa que busca responder a los nuevos hábitos de consumo y a una economía cada vez más digitalizada.

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