El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS), recordó que cada parto atendido en los establecimientos sanitarios del país debe contar obligatoriamente con su respectiva documentación oficial.
Los profesionales de la salud responsables de la atención médica deben expedir el, Certificado de Nacido Vivo, de forma inmediata tras el alumbramiento.
La normativa exige que la madre reciba el talón desprendible sin condicionamiento alguno, evitando que la burocracia o exigencias administrativas interfieran en el proceso.
La directiva busca asegurar que la inscripción inicial del recién nacido ante el, Registro del Estado Civil, se efectúe de manera oportuna en todo el territorio nacional.
Garantía del derecho a la identidad
El acceso al primer documento oficial constituye la puerta de entrada para el ejercicio pleno de los derechos fundamentales de la infancia.
La autoridad sanitaria enfatizó que la entrega del certificado no puede quedar supeditada al pago de aranceles o a la presentación de requisitos adicionales en los, centros asistenciales públicos, ni en los privados.
“La madre tiene el derecho inalienable de recibir la documentación de su hijo inmediatamente después del parto sin ser sometida a demoras injustificadas”, ratificaron desde el organismo sanitario, al puntualizar la vigencia del marco legal.
Asimismo, la institución instó a las familias a exigir el cumplimiento de esta garantía en las salas de maternidad, recordando que la tramitación temprana del certificado evita situaciones de vulnerabilidad jurídica y facilita el acceso posterior a la cobertura de salud e inmunización.
Sanciones por retención del certificado
El cumplimiento de esta obligación se encuentra respaldado por el artículo ciento cuarenta y seis del, Código Sanitario paraguayo, que responsabiliza de forma directa al personal interviniente.
En adición, las directivas institucionales establecen que la omisión o retención del papel oficial será catalogada como una, falta administrativa grave, pasible de sumarios y medidas disciplinarias.
“La negativa o demora en la expedición del documento será sancionada con rigor para evitar perjuicios en la filiación de los niños”, advirtió la autoridad reguladora, al recalcar el carácter obligatorio de la instrucción.
Con esta actualización de procedimientos, las autoridades buscan cerrar brechas en el registro civil temprano, erradicando prácticas irregulares en las dependencias hospitalarias y asegurando la protección integral de la niñez desde las primeras horas de vida.
“Garantizar la identidad inmediata es un deber ético y legal que todo el sistema de salud debe respaldar sin excepciones”, concluyeron los referentes técnicos, al sellar los alcances del operativo nacional.


