Ante los casos de violencia y feminicidios registrados en nuestro país, existe una gran cantidad de procesados que cuentan con medidas alternativas a la prisión, como el uso de las tobilleras electrónicas.
Sobre el funcionamiento y control de estos dispositivos en el país, Giovanni Valenzuela, jefe del Departamento de Dispositivos Electrónicos del Ministerio del Interior (MDI), detalló en contacto con La Tribu 650 AM la severidad con la que se actúa ante el rompimiento de las medidas cautelares fijadas por los jueces.
De acuerdo con el artículo 5.° de la Ley N.° 7270/23, el sistema no contempla un margen de tolerancia para los beneficiarios.
“La ley establece una sola oportunidad. Si el beneficiario viola la zona de inclusión o se acerca a la zona de exclusión, la alerta salta de inmediato en la Oficina Nacional de Tecnologías e Información (ONTEC). Reportamos al juzgado por vía electrónica y el juez está facultado a revocar la medida alternativa y dictar la prisión preventiva”, afirmó Valenzuela.
Unidades de monitoreo para víctimas y protocolo de reacción
En casos de violencia familiar, Valenzuela explicó que la protección a la víctima se refuerza mediante la entrega de una Unidad de Monitoreo Ambulatorio (UMA), dispositivo que se enlaza de forma remota con la tobillera electrónica del procesado.
-Zonas de inclusión y exclusión: El juzgado delimita el cuadrante donde el procesado debe permanecer (arresto domiciliario) o las áreas donde no puede aproximarse.
-Monitoreo en tiempo real: Al registrarse una alerta de acercamiento o abandono del cuadrante, la Policía Nacional despliega una patrullera a la ubicación de la víctima para resguardarla y paralelamente envía unidades para la aprehensión en flagrancia del infractor.
Propuesta para ampliar el radio de protección
Ante la preocupación por los casos de feminicidio e incumplimientos de restricciones en el país, desde la dependencia técnica del Ministerio del Interior impulsan ajustar los protocolos operativos para elevar el perímetro de exclusión.
“Estamos proponiendo que el radio de distanciamiento entre víctima y victimario sea como mínimo de 5 a 10 kilómetros. Esto le otorga a la Policía Nacional un margen temporal efectivo para reaccionar, proteger a la víctima y detener al agresor”, concluyó el especialista.


