Elecciones Municipales en Paraguay: qué está prohibido en los locales de votación

La Justicia Electoral reglamentó los objetos y elementos restringidos para asegurar el orden público y garantizar el voto secreto.

| Por La Tribuna
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La Policía está facultada para proceder ante estas prohibiciones.

De acuerdo con lo establecido por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) en cumplimiento del Artículo 195 del Código Electoral (Ley N.º 834/96), existen restricciones claras sobre lo que los electores no pueden ingresar o portar al acudir a los centros de sufragio.

Elementos y objetos prohibidos dentro de los recintos

Celulares y dispositivos tecnológicos en el cuarto oscuro: Está estrictamente prohibido ingresar a la mesa/cuarto de votación con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras o cualquier dispositivo capaz de captar o transmitir imágenes para resguardar el secreto del voto.

Armas de cualquier tipo: Queda totalmente prohibida la portación de armas de fuego, blancas o contundentes dentro del perímetro de los locales, aun si se cuenta con autorización o permiso administrativo.

Bebidas alcohólicas: No se permite el ingreso con envases ni la portación o consumo de bebidas alcohólicas dentro ni en los alrededores de las sedes electorales.

Insignias o distintivos partidarios: No se puede ingresar portando banderas, prendas, distintivos o propaganda política que hagan alusión a candidaturas dentro del recinto o en las inmediaciones de los locales.

Asimismo, las autoridades recuerdan que la Policía Nacional está facultada para realizar controles en los accesos a fin de incautar los elementos no permitidos y garantizar el normal desarrollo de la jornada electoral.

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