Las empresas y empleadores deben organizar los turnos laborales para facilitar el traslado de los trabajadores a sus respectivos locales de votación.
Desde la institución aclararon que la medida no implica la exoneración de la jornada laboral completa, sino el otorgamiento del tiempo necesario para ejercer el sufragio y retornar al puesto de trabajo.
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Permiso especial para miembros de mesa
Para quienes se desempeñen como miembros de mesa receptora de votos, la normativa establece un beneficio adicional: además del permiso para cumplir dicha función durante el domingo, tendrán derecho a un día de descanso remunerado dentro de los 15 días posteriores a la elección.
Este descanso deberá ser coordinado previamente con el empleador y respaldado con la constancia emitida por la justicia electoral.
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El Ministerio de Trabajo advirtió que las patronales que incumplan esta disposición se exponen a sanciones y multas.
Para garantizar el cumplimiento de los derechos laborales, la autoridad habilitará canales de atención para consultas y denuncias durante toda la jornada electoral.


