La Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay SA (Essap) es la prestadora del servicio, pero varias de las 63 estaciones afectadas están bajo el control de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY).
El problema judicial surgió porque no todas las estaciones de bombeo que forman parte de la red fueron transferidas a la Essap, ya que, según los reportes de la resolución, la EBY mantiene bajo su responsabilidad estaciones que construyó y que no fueron formalmente entregadas a la empresa sanitaria.
Por eso, la Cámara de Apelaciones delimitó la responsabilidad y la obligación que permanece para la EBY alcanza a las estaciones de bombeo que sigan bajo su custodia y la Essap deberá hacer lo mismo con los establecimientos a su cargo.
El plazo establecido para la regularización es de 45 días desde la notificación de la resolución de fecha 11 de septiembre. Se deberán identificar esas instalaciones, determinar las intervenciones necesarias, establecer un plan técnico y operativo e iniciar las acciones previstas. El Tribunal aclaró que el plazo establecido no implica que todas las soluciones definitivas deban estar terminadas al cumplirse los días.
El proceso se inició con el amparo presentado por la Municipalidad de Encarnación en julio de 2026, luego de que una investigación judicial constatara deficiencias en varias de las 63 estaciones que integran la red de bombeo sanitario de ambas instituciones.

