El gremio del transporte del Área Metropolitana comunicó al Ministerio de Trabajo que podría no cumplir con el pago de aguinaldos debido a una deuda estatal que, aseguran, supera los US$ 10 millones. Desde el Gobierno aclaran que el Código Laboral no contempla excepciones y que las empresas están obligadas a abonar el beneficio antes del 31 de diciembre.
El Centro de Empresarios del Transporte de Pasajeros del Área Metropolitana (Cetrapam) alertó al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social sobre la posibilidad de no poder cumplir con el pago de aguinaldos a los trabajadores del sector. La advertencia se sustenta en una deuda que el gremio atribuye al Gobierno, vinculada a subsidios y compensaciones pendientes.
De acuerdo con Cetrapam, el monto adeudado supera los US$ 10 millones, lo que, afirman, afecta de manera directa la capacidad financiera de las empresas para afrontar sus obligaciones de fin de año.
Ante este planteamiento, el viceministro de Trabajo, César Segovia, respondió que efectivamente existe un retraso en el pago de los subsidios correspondientes a los meses de octubre y noviembre. Sin embargo, aclaró que, según el cronograma habitual, todavía se encuentran dentro del plazo técnico previsto.
Segovia indicó que el reclamo del gremio se centra específicamente en el desembolso de octubre, que sería el mes con atraso. No obstante, explicó que esta situación no modifica lo establecido por la normativa laboral vigente.
Respecto al aguinaldo, el viceministro fue enfático al afirmar que no existe ninguna disposición legal que permita a una empresa dejar de pagarlo bajo la justificación de inconvenientes financieros. Sostuvo que se trata de un derecho adquirido y obligatorio para todos los trabajadores.
Agregó que el aguinaldo es un compromiso anual conocido por las empresas, por lo que deben preverlo con anticipación. En ese sentido, subrayó que la falta de pago no puede condicionarse a la recepción de subsidios estatales.
Segovia reiteró que el Ministerio está dispuesto a mediar entre las partes, siempre con el objetivo de facilitar el diálogo y la búsqueda de soluciones. Sin embargo, remarcó que esta mediación no exime a los empleadores de cumplir con la ley.
El funcionario recordó que el aguinaldo debe abonarse antes del 31 de diciembre, sin excepciones. “El derecho del trabajador no está en discusión”, insistió.
También advirtió que, en caso de incumplimiento, el Ministerio actuará en su rol de autoridad laboral y aplicará las sanciones correspondientes según establece el Código Laboral.
Las multas previstas por el no pago del aguinaldo oscilan entre 10 y 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado, constituyéndose en una infracción grave.
El viceministro reiteró que, aunque la cartera laboral continuará acompañando las conversaciones con el sector, el cumplimiento de la obligación salarial es ineludible.
Finalmente, advirtió que condicionar el pago del aguinaldo al desembolso de fondos estatales “no corresponde” y que la normativa es clara al respecto, por lo que instó a las empresas a planificar y a honrar sus compromisos con los trabajadores.
Viceministro de Trabajo ratifica que el aguinaldo es obligatorio pese al reclamo de Cetrapam
El gremio del transporte del Área Metropolitana comunicó al Ministerio de Trabajo que podría no cumplir con el pago de aguinaldos debido a una deuda …


