La Coordinación Nacional de Pastoral Indígena (CONAPI) y la Coordinación Nacional de Pastoral Social (PSN), ambas vinculadas a la Conferencia Episcopal Paraguaya (CEP), expresaron su preocupación por la existencia de una orden fiscal que autoriza un allanamiento en tierras ancestrales de la comunidad Mbya Guaraní de Huguá Poi, en Raúl Arsenio Oviedo, departamento de Caaguazú. El procedimiento está previsto para mañana.
Protesta indígena frente a la Fiscalía
Ante esta amenaza, referentes indígenas se manifestaron hoy frente a la Fiscalía General del Estado, rechazando la posibilidad de un desalojo forzoso que consideran una violación a sus derechos territoriales y constitucionales.
Las organizaciones advirtieron que la situación representaría un uso abusivo del poder judicial, aplicando la ley en perjuicio de sectores históricamente vulnerables.
Qué dicen la Constitución y el Convenio 169 de la OIT
La Constitución Nacional protege claramente los derechos de los pueblos indígenas. El artículo 63 garantiza la preservación y desarrollo de su identidad étnica, mientras que el artículo 64 reconoce la propiedad comunitaria de sus tierras, estableciendo que estas son inembargables, indivisibles e intransferibles. Además, ninguna comunidad puede ser removida de su territorio sin consentimiento expreso, reza el comunicado.
Este marco legal está respaldado por normativas específicas, como el Estatuto de los Pueblos Indígenas y la Ley N.º 234, que aprueba el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), obligando al Estado paraguayo a respetar los derechos territoriales indígenas.
CONAPI y PSN exigen respeto al Estado de derecho
En su comunicado, CONAPI y PSN instaron a fiscales, jueces y autoridades a actuar estrictamente dentro del marco legal vigente, evitando interpretaciones selectivas que vulneren derechos fundamentales. Resaltaron la necesidad de que la justicia recupere la confianza de la sociedad paraguaya, cumpliendo sin excepciones la Constitución y las leyes.
Finalmente, hicieron un llamado a la ética y responsabilidad cívica de los funcionarios públicos para respetar el Estado de derecho y los derechos de los pueblos originarios.
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