+595 981 573157
X: @MigueGaspar
La confusión moderna entre titularidad y ejercicio de la autoridad parental tiene raíces culturales profundas. En la cultura de los derechos individuales hipertrofiada de las últimas décadas, los padres han tendido a interpretar su rol en clave permisiva: “tengo el derecho de criar a mis hijos como yo quiera” se ha deslizado subrepticiamente hacia “mis hijos tienen derecho a todo lo que yo decida darles”. El smartphone se convirtió así en un objeto de regalo y de paz doméstica, no en una herramienta que requiere madurez, mediación y supervisión.
Hay un concepto de Aristóteles que aplica con precisión quirúrgica: la distinción entre dynamis (potencia, capacidad) y energeia (acto, ejercicio real). Poseer la patria potestad es tener la dynamis; ejercerla activamente, guiar, poner límites y proteger es la energeia. Una autoridad que solo existe en potencia y nunca se actualiza en acto protector es una autoridad vacía. El filósofo diría: “no hay paternidad sin acción parental”.
La normalización social del smartphone para niños es, en este sentido, una forma de renuncia colectiva al ejercicio de la autoridad. El argumento “todos mis compañeros lo tienen” no es un argumento filosófico ni jurídico; es la presión del grupo disfrazada de derecho. Y la respuesta de los padres que ceden ante esa presión no es respeto a la autonomía del hijo; es miedo al conflicto educativo. El verdadero dilema no es si el mundo digital es bueno o malo para los niños (eso ya quedó demostrado en el juicio a Meta, Google, Snapchat, no es para niños), sino si nosotros, madres, padres, educadores y responsables públicos estamos a la altura de esa infancia que ya vive en él.
La patria potestad, en el derecho civil de tradición romano-germánica que rige en Paraguay, España y la mayor parte de América Latina, no es simplemente la titularidad legal sobre la persona del hijo. Es una función tuitiva, es decir, se refiere a la labor de protección, amparo o defensa que ejerce una persona, institución o norma sobre otra, generalmente para reequilibrar una situación de desigualdad o vulnerabilidad. Es un concepto fundamental en el derecho, enfocado en guardar y salvaguardar los derechos de una parte débil con contenido de derecho y de deber simultáneamente.
La distinción técnico-jurídica fundamental que los padres deben comprender es la siguiente: la patria potestad no puede fragmentarse. El Código Civil establece que los padres tienen el deber de ejercer la patria potestad sobre sus hijos, lo que implica el derecho y la obligación de educarlos, protegerlos y garantizar su bienestar. Un padre que entrega un smartphone sin restricciones a un niño de 9 años no está ejerciendo la patria potestad; está abdicando de ella.
En palabras de Jim Henson: “Los niños no recuerdan lo que tratas de enseñarles. Recuerdan lo que eres”.


