Los defensores técnicos habilitados no cumplieron con los requisitos de fundamentación exigidos por la ley. La Sala señaló que los recurrentes se limitaron a invocar disposiciones constitucionales sin explicar de manera concreta cómo se habría producido su inobservancia o errónea aplicación.
“Las resoluciones impugnables a través del recurso de casación, independientemente de su forma, son aquellas que contienen una decisión sobre el fondo del caso (condena o absolución) o las que sin contener un pronunciamiento sobre el fondo, igualmente conllevan la conclusión o cierre del procedimiento y, por lo tanto, gozan de eventual aptitud para adquirir eficacia de cosa juzgada (sobreseimiento definitivo, decisiones sobre la prescripción, extinción de la acción, desestimación de la denuncia entre otras).
De este modo, al aplicar estas consideraciones al caso concreto, resulta evidente que la resolución que se pretende impugnar pone fin al procedimiento, dado que el órgano de segunda instancia confirmó la sentencia condenatoria del procesado”, sostiene la resolución de la máxima instancia judicial.
Venancio Centurión Monges fue condenado en abril del 2025 por el Tribunal de Sentencia de San Pedro, integrado por Karina von Tumpling, Rodney Rejalada y Guido Mareco. El hombre estuvo prófugo más de un año, se dio por detenido en diciembre del 2023.
Según la sentencia condenatoria, Centurión Monges mató a la joven, hija de su expareja, estrangulándola con un cordón de calzado en la vivienda donde vivían madre e hija en San Pedro. El hecho ocurrió frente al hijo de la joven de tan solo 4 años. El motivo del crimen fue en represalia de su expareja, quien había terminado con la relación y lo echó de la casa.


