Un Tribunal de Apelaciones analiza la presentación hecha por el exministro de la Secretaría Nacional de Emergencia Joaquín Roa, quien pide la nulidad de su condena de 8 años de prisión. La Fiscalía también hizo lo propio y pidió la confirmación de la sentencia.
La Fiscalía descargó nuevamente su acusación contra el exministro de la Secretaría Nacional de Emergencia Joaquín Roa, quien apeló su condena a 8 años de prisión por lesión de confianza, lavado de dinero y cohecho pasivo agravado (coima). Roa busca anular la sentencia de primera instancia y la Fiscalía insiste en la ratificación de la resolución.
El fiscal encargado de presentar el escrito, contra la apelación, fue Silvio Corbeta. Roa señaló que el fallo contiene irregularidades al no considerar los argumentos presentados por la defensa. Rechazó categóricamente las pruebas presentadas en su contra. Afirmó que nunca cometió el supuesto coima, que la Fiscalía no pudo probar esa acusación y que por eso apeló la sentencia.
Sin embargo, la Fiscalía sostiene que Roa fue hallado culpable de los hechos punibles mencionados en el juicio de primera instancia y que aguarda la confirmación del fallo. El fiscal, Silvio Corbeta indicó que la sentencia no contiene inobservancias o aplicaciones erróneas de preceptos legales.
Roa fue condenado junto con el empresario Alberto Koube. La sentencia para este fue de 6 años de prisión. El juicio surgió como derivación de las investigaciones del caso A Ultranza Py. Según la Fiscalía, las empresas de Koube fueron favorecidas en las licitaciones durante la gestión de Roa, a cambio de coimas y sobornos.
Cuando Roa presentó la apelación, el tribunal de sentencia del caso pidió a la Fiscalía que conteste. Pidió la nulidad del fallo por error en la tipificación de los hechos punibles o por aplicación errónea del Código Penal.
Sin embargo, el fiscal Silvio Corbeta contestó que “no se aprecian inobservancias o erróneas aplicaciones de preceptos legales, en cuanto a la fundamentación y acreditación de la tipificación de los hechos punibles y al grado de participación de los hoy condenados, por ende, no existen casos de nulidad absoluta que deban ser estudiados y la sentencia no posee ningún tipo de vicio que la haga impugnable”, refirió.
Agregó que la defensa de Roa pretende realizar una revaloración del aspecto probatorio, o dicho de otro modo, incurre nuevamente en el ámbito de una valoración interesada de las pruebas realizadas en juicio y señaló que esto ya no es procedente en esta etapa.
Tanto Roa como Koube también fueron condenados por administración de provecho propio. La diferencia es que Koube fue sentenciado en su carácter de instigador, mientras que Roa fue como autor. El fiscal Corbeta sostuvo que se demostró en juicio que Roa dirigió licitaciones que favorecieron directamente a Koube entre los años 2018 y 2021.
Roa ejerció la presidencia de la SEN en dichos años durante el gobierno de Mario Abdo Benítez. El Tribunal de Sentencia estuvo integrado por las magistradas Elsa García (presidente), Sonia Sánchez y Elsa Rodríguez.
Según la magistrada García, en el juicio se probó que la operación entre Roa y Koube se dio en que el primero le hacía ganar las licitaciones y que el segundo le entregaba a cambio algunos bienes, como un yate Azimut AZ42 y el pago del tour por Europa.


