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Deber alimentario, la mayoría de los morosos son padres jóvenes

El Ministerio Público registró un total de 6.672 denuncias por incumplimiento del deber alimentario en el presente año. Los padres más irresponsables…

| Por La Tribuna
El futbolista Derlis Orué fue detenido por incumplimiento del deber alimentario.

El Ministerio Público registró un total de 6.672 denuncias por incumplimiento del deber alimentario en el presente año. Los padres más irresponsables son de la edad de 30 a 45 años. Ellos representan el 65% de los casos registrados, según la institución.

La Fiscalía divulgó datos estadísticos sobre incumplimiento del deber alimentario registrado durante el año 2025. Este tipo de hechos también se denuncian en los juzgados de Paz, en los juzgados de la Niñez y en la Oficina de Mediación del Poder Judicial.

Solamente la Fiscalía recepcionó 6.672 denuncias por incumplimiento del deber alimentario, lo que la Fiscalía considera no solamente un hecho de delitos, sino también un problema de educación y a la vez un problema económico de los padres.

No obstante, el Ministerio Público procesó la denuncias y sus estadísticas señalan que las mismas fueron hechas contra padres cuya edad comprende de 30 a 45 años: una franja etaria en el cual la familia se debería consolidar como tal.

En ese contexto, la Fiscalía señala que en la mayoría de los casos, los afectados son niños de 5 a 9 años, justo en la etapa en que deben fortalecer su formación integral para desarrollar su futuro en todos los ámbitos.

Conste que las estadísticas no incluyen cifras del mes de diciembre del 2025. Los 6.672 denuncias registradas abarcan de enero a noviembre del 2025. También existen adolescentes afectados, pero serían los menos, según los informes.

Un total de 4.270 casos son los que se denunciaron contra los padres de 30 a 45 años de edad. Esos casos constituyen el 65% del total registrado por el Ministerio Público, según la Oficina de Estadísticas de la institución.

La Fiscalía consideró que el incumplimiento del deber alimentario se siente muy fuerte en los días festivos, como la navidad, año nuevo y más aún en días de Reyes y Día del Niño.

Como siempre, los problemas sociales se verifican con mayor fuerza en el departamento Central por ser de mayor densidad poblacional. Las denuncias en Central fueron de 1.933 casos durante el año 2025. Le sigue Alto Paraná con 859 casos, Caaguazú con 442 casos, Itapúa con 433 casos y Asunción con 419 casos.

El Ministerio Público recordó de paso que el artículo 255 del Código Penal Paraguayo tipifica el incumplimiento del deber alimentario. La normativa establece

“1° El que incumpliera un deber legal alimentario y con ello produjera el empeoramiento de las condiciones básicas de vida del titular, o lo hubiera producido de no haber cumplido otro con dicha prestación, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa”.

El mismo artículo, en su numeral 2 se refiere a una resolución judicial sobre deber alimentario que no cumple el progenitor. En este caso, la pena aumenta. La norma referida establece que “el que incumpliera un deber alimentario establecido en un convenio judicialmente aprobado o en una resolución judicial, será castigado con pena privativa de libertad de hasta 5 años o con multa”.

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